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00:00Les decíamos al inicio de programa que hace escasos días se hizo una modificación en el reglamento
00:08que, valga la redundancia, regula la forma en la que las personas trabajadoras en nuestro país
00:16se deberían de conducir en caso de que estén, no conducir, de conducir, comportar,
00:22en caso de que estén incapacitadas o que estén en un periodo de incapacidad.
00:28Y por eso hoy vamos a abordar el tema para saber cuáles fueron los cambios con la doctora Paula Villalobos
00:35de, ese sí lo voy a leer, Comisión Central Evaluadora de Licencias e Incapacidades de la Caja Costarricense del Seguro Social.
00:44¿Cómo me le va?
00:45Muy bien, ¿y usted?
00:46Bien, gracias.
00:47Un placer de verdad que nos atienda este llamado, sobre todo para que luego la gente lo diga,
00:52ay, yo no sabía, ay, verdad que es como uno de los argumentos que se suele utilizar muy popularmente
00:59cuando cometemos una falta y a lo mejor efectivamente no lo sabían, pero hoy lo van a saber.
01:05Ah, y les recuerdo entonces que nuestro número de teléfono, 21001313, que ya está sonando ahí,
01:12está abierto para que puedan hacer las preguntas que consideren pertinentes.
01:18Paula, ¿cuál fue la modificación?
01:22La modificación específica fue la ampliación de las excepciones que se contemplan en el artículo 14.
01:29El artículo 14 es un artículo particular que habla sobre la inhabilitación a la que se expone una persona
01:36cuando se encuentra bajo el disfrute de una licencia o incapacidad.
01:40Entonces, ¿qué quiere decir esto?
01:42Es un artículo que habla sobre todo lo que no puedes hacer y se le ampliaron los excepto.
01:46Ok, dijiste una palabra clave, licencia.
01:52Incapacidades y licencias.
01:54Ajá, o sea que todos sabemos que el periodo de maternidad no es una incapacidad,
02:01sino que es una licencia.
02:02Correcto.
02:02Y entonces en este caso también aplica.
02:05Las excepciones a la licencia maternidad son un párrafo después.
02:09Ajá.
02:09Sí, es una modificación bastante larga.
02:12El artículo 14 se compone en total de cuatro o cinco párrafos y cada uno aborda un tema distinto.
02:18El primero es como la inhabilitación absoluta, ¿verdad?
02:21Que nos recuerda que las incapacidades son una orden de reposo absoluto,
02:25que le imposibilitan a la persona realizar actividades remuneradas,
02:29no remuneradas, académicas, no académicas.
02:31Y después viene el párrafo de los excepto, de las excepciones que son los que estamos ampliando en este momento,
02:37que son todas aquellas condiciones en las que un médico avale realizar ciertos tipos de actividades físicas,
02:43recreativas o necesarias para la subsistencia.
02:47Ok.
02:47Ya casi vamos a ahondar.
02:50Yo le voy a dar el chance porque nos llamó don Gerardo a través del 21 00 1313
02:56y vamos a escuchar la consulta que él nos quiere hacer.
03:00Buenas tardes.
03:00Adelante, don Gerardo.
03:02Mi estimado amigo, señor, que le es un placer saludarlo.
03:05Gracias.
03:07La pregunta para la compañera.
03:11Yo, perdón.
03:12Sí, sí, ahí le escuchamos.
03:14Adelante.
03:14Ninguna incapacidad hecha por un médico de la caja se puede cuestionar.
03:23Nunca se ha cuestionado porque los médicos de la caja son avalados por el colegio de médicos.
03:28Entonces, si ellos dan una incapacidad de tantos días, eso no se puede cuestionar.
03:32Nunca se ha cuestionado y no se puede hacer nada.
03:35Ahora, hay diferentes diagnósticos.
03:38Yo creo que la única incapacidad donde el especialista lo manda a usted a recrearse, lo manda al mar, lo manda a la montaña y puede pasear, es por un especialista de psiquiatría de la caja de seguro social.
03:55Yo creo que solamente ahí la persona puede hacer lo que el médico le indique que haga.
04:00Creo que así, si no estoy equivocado.
04:03Ok.
04:03Muchísimas gracias, don Gerardo.
04:05Yo le voy a agregar una, porque don Gerardo lo está mencionando y yo, cuando lo estaba hablando, cuando lo estaba diciendo, yo me ponía a pensar, ¿qué pasa una persona que, por ejemplo, tenga una afección cardíaca?
04:18Y que entonces necesite paz y tranquilidad.
04:22Y de la misma forma en la que don Gerardo decía, el médico haga la recomendación de, de ahí, si usted tiene una posibilidad de irse para la playa, si puede ir al campo a buscar esa tranquilidad, no es de psiquiatría, pero es por una afección en el corazón, podría ser válida.
04:41Pero respondámosle, perdón.
04:42Creo yo que hay tres elementos muy importantes que tenemos que tomar en cuenta y que se estipulan claramente dentro de la reforma.
04:49La primera es que es criterio del médico tratante.
04:53O sea, indistintamente de la especialidad, indistintamente del campo, únicamente el médico tratante que otorga la incapacidad es aquel que tiene el criterio para decir qué puede y no realizar.
05:05El segundo es...
05:06Claro, y es su paciente.
05:07Es correcto.
05:08Y es el que conoce el caso, el que lo ha visto evolucionar.
05:10En segunda instancia, lo otro que es elemental es la medicina basada en evidencia.
05:17Es decir, no es una recomendación bajo ocurrencia.
05:22Es una recomendación que se ha demostrado en la literatura médica científica que tiene fundamento y que está respaldado de que le va a ayudar a su recuperación.
05:31Entonces, ahí es donde encontramos fisioterapia, natación para ciertas lesiones musculoesqueléticas, donde encontramos algunas terapias coayudantes que le van a beneficiar a la persona que se está recuperando.
05:43Y por último, la patología, ¿verdad?
05:47Ok.
05:47Las características especiales de cada enfermedad, de cada patología que pueda presentar la persona usuaria.
05:53No es lo mismo una fractura del tobillo que una fractura del dedo gordo de la mano, no es lo mismo una enfermedad infectocontagiosa que puede poner en riesgo a la población que otras enfermedades que solamente le confieren riesgo a la persona.
06:09Yo quiero rebobinar, porque entonces me voy a ir al tiempo antes de que se hiciera la reforma.
06:18Correcto.
06:18Para hacer esta pregunta, ¿qué no se podía hacer antes que ahora sí se puede?
06:28Antes no se podía ir al supermercado, a la farmacia o a otras citas médicas, y ahora sí.
06:33A otras citas médicas diferentes de la situación que me lo obligó a estar incapacitado.
06:41Correcto.
06:42Y por ejemplo, esto es algo muy casuístico, que ya, o sea, la Caja hace esta reforma en respuesta a las necesidades que identificó dentro de su población.
06:50Entonces teníamos personas usuarias que con gran frecuencia nos hacían esta pregunta.
06:54Vea, es que yo tengo una fractura de la pierna derecha, pero yo había esperado un año para una cita en endocrinología.
07:00¿Puedo ir? Por supuesto. Es su salud y en la condición específica que usted tiene.
07:06Ajá, correcto. Ahora, antes no. Antes quedaba la incertidumbre, el vacío legal de si la persona estaba respaldada a ir o no.
07:14Ok, pongo un ejemplo yo. Una persona la incapacitan porque le hicieron apendicectomía.
07:21Correcto.
07:21La operaron, la operaron de apéndice, apendicitis, perdón, y entonces está incapacitada.
07:28Y no sé, 22 días.
07:30Pero resulta ser que en esos 22 días, uy, tiene un dolor de muela y tiene que ir al dentista porque se tiene que hacer un endodonce,
07:36se tiene que hacer una calza, se le cayó una amalgama, qué sé yo.
07:41Pero antes no se podía, ahora sí podría.
07:43Correcto. Y ahora no es que antes no se podía y ahora sí.
07:47O sea, parte de eso es que hay una seguridad legal que lo respalda porque esa persona en el trayecto podría exponerse a otras lesiones,
07:53podría tener un accidente de tránsito, podría verlo su jefatura y venir y cuestionar qué hace usted en la calle si usted está incapacitado porque la operaron.
08:01Entonces ahora está la seguridad jurídica con un marco legal que le permita a esa persona ir a esa cita médica de urgencia o de control.
08:13¿Qué pasa? Y lo pongo de esta manera, por ejemplo.
08:17Actualmente, digamos que viene el día de la madre, ¿ok?
08:25Entonces resulta ser que yo estoy incapacitado, pero viene el día de la madre.
08:29Y entonces la familia va a hacer una reunión para festejar a las mamás de la familia el 15 de agosto.
08:38Y es a tres casas de mi casa porque todos vivimos ahí cercanos en familia.
08:43¿Puedo estar en esa fiesta o no?
08:44No.
08:45Si su médico tratante no le brindó la autorización cuando realizó el otorgamiento,
08:50¿usted se expone a una lesión adicional o a que alguien realice una denuncia?
08:55Y aprovecho el comercial de que la mayoría de denuncias por incumplimiento de la inhabilitación
09:01siempre vienen de algún vecino, de algún compañero de trabajo o de la jefatura.
09:06O de un familiar.
09:07Exacto.
09:07Que postean en Facebook y mandan la fotografía.
09:10Ok.
09:11Vámonos a esa parte entonces.
09:13Recuerdo el número de teléfono, perdón.
09:1521-0-13-13.
09:1821-0-13-13.
09:20Para que puedan hacer consultas.
09:21¿Qué pasa?
09:22Por ejemplo, ahí lo están viendo en pantalla.
09:25Para que le den un pantallazo o lo anoten y lo tengan ahí a la mano.
09:31Cuando hablamos de sanciones, ¿qué pasa?
09:33Por ejemplo, digamos ese caso.
09:35La persona estaba en la fiesta ahí del Día de la Madre a tres casas de verdad en el mismo barrio
09:40porque toda la familia vive cerca y no sé cuánto.
09:42Y alguien lo denunció.
09:44¿Qué pasa?
09:45Bueno, en el mejor de los casos no se cayó en el camino y entonces no se complicó con algo adicional.
09:51Ok.
09:51En el mejor de los casos.
09:53En el peor de los casos interponen una denuncia.
09:56Nosotros hacemos todo el estudio.
09:58Tenemos una unidad de la caja que se dedica a las investigaciones en caso necesario.
10:03O a veces si es una salida del país pedimos la certificación.
10:06Las comisiones locales que están en cada unidad realizan las investigaciones que consideren pertinentes.
10:11Y de comprobarse hay dos líneas.
10:13Uno, la línea patronal, ¿verdad?
10:16La línea patronal puede optar por la terminación del contrato.
10:19Sin responsabilidad patronal.
10:20Sin responsabilidad patronal.
10:21Y de parte caja nosotros iniciamos un proceso de anulación de la incapacidad y de recuperación de los dineros pagados.
10:31Aunque la persona, por ejemplo, no se haya recuperado del todo o algo así.
10:36Depende porque a veces se demuestra que es tal vez solo ese día.
10:39Entonces se anula por ese día o se anula por los días en los que se demuestra el incumplimiento acorde al marco legal que nos respalda.
10:46Y Paula, yo voy a poner otro ejemplo porque creo que pasa mucho y no lo conversamos porque creemos, creemos que está bien.
10:57Una persona está incapacitada, está en su casa, está incapacitada porque algo le pasó, pero resulta ser que el jefe, la jefa, un compañero de trabajo necesitaba ayuda con algo del trabajo.
11:11Y esa persona puede desarrollar ese trabajo desde la cama con la laptop a la par.
11:18Puede mandar un correo, puede mandar un informe, puede revisar un documento para darle el visto bueno y que luego siga el proceso que tenía que seguir dentro de la empresa, perdón.
11:31Eso se puede o no se puede hacer y se estaría exponiendo de la misma forma que si estuviera en la fiesta del Día de la Madre.
11:37Se está exponiendo la persona que realiza la actividad y se está exponiendo el ente patronal que le solicita hacer una función laboral en un momento en que está incapacitado.
11:49Se están exponiendo ambas partes.
11:51Cualquiera de los dos podría alegar que es un incumplimiento a su orden de reposo.
11:56E igual habría sanción por eso.
11:58Correcto.
11:59¿Las sanciones quién las impone?
12:02Bueno, depende.
12:03Como te mencionaba, nosotros a nivel caja hacemos la parte administrativa que nos corresponde, que casi siempre es este tema de verificar si procede una anulación acorde a lo que está reglamentado y la recuperación de los dineros.
12:19Ya la cuestión patronal y lo que se determine en la parte civil y laboral queda fuera de la institución.
12:29Ok. Vamos a recibir otra llamada que tiene que ver con licencias, que lo mencionábamos hace un momentito.
12:35De manera anónima nos llaman al 21-013-13.
12:40Adelante con la consulta.
12:42Buenas tardes.
12:44Mi pregunta es la siguiente.
12:45Yo tengo una licencia, bueno, ahorita la tengo para un mes, ¿verdad?
12:49Pero mi consulta es, yo, bueno, soy una adulta también mayor de 67 años, entonces yo pregunto, yo también tengo mis situaciones, digamos, mis citas.
13:02Entonces, a la hora de yo salir de la casa y dejar a mi mamá que pase terminal con otra persona, también, ¿en qué me perjudica el salir y dejarla a ella?
13:11Perfecto, muchísimas gracias.
13:13Me encanta esa pregunta porque es una pregunta muy frecuente.
13:17Las licencias de cuido son figuras muy especiales.
13:20Entonces, ese es el último párrafo de la reforma, donde se establece que las personas que están en licencia de cuido,
13:29lo que no pueden hacer es abandonar esa figura de cuido y no realizar actividades remuneradas que les desvirtúen la esencia de por qué se les está dando una licencia.
13:42Sin embargo, se establece que las personas cuidadoras tienen derechos y necesidades de salud mental que requieren ser protegidas y, por ende, tienen derecho a sus espacios de esparcimiento
13:52y de acudir a todas estas citas médicas, por supuesto, porque el cuidador también se tiene que cuidar para poder cuidar a la persona que lo requiere.
13:59Exactamente.
14:00Don Wilber nos hacía también, a través del 21-013-13, una pregunta.
14:07Él dice que si entendió bien, por ejemplo, cuando la persona, el médico tratante, da la incapacidad,
14:16si en esa misma incapacidad o un documento adicional y todo el asunto pone por escrito que esa persona puede ir a un lugar para esparcirse
14:27porque va a beneficiarle en su mejora de situación de salud y todo el asunto, si es así, tan físico, de que aquí está.
14:36Tiene que estar escrito en el expediente médico, en el expediente clínico.
14:42El médico tratante lo tiene que dejar plasmado.
14:45Lo que no está escrito no existe.
14:47Y si una entidad patronal o una persona denunciante solicita conocer, que se le certifique si tenía habilitación para realizar esa actividad,
14:56solo si está en el expediente.
14:57E incluso, por ejemplo, en cualquier tipo de caso y especificando qué se puede hacer.
15:06Es correcto.
15:07¿Verdad?
15:08Correcto.
15:09Yo voy a retomar lo de las licencias.
15:11Sí.
15:11Porque entonces, está la licencia para, ya este es para yo saber, bueno, y toda la gente.
15:17¿Existe la licencia de maternidad?
15:19Existe la licencia de maternidad.
15:20¿Existe la licencia de cuido de personas en fase terminal o enfermedad grave?
15:25¿Se conoce?
15:26Vamos a ver, hay una variedad bastante amplia.
15:29Es que yo quería, ¿cuáles son las licencias?
15:31Tenemos incapacidades por enfermedad, que son aquellas que típicamente se relacionan a una condición de enfermedad
15:36que requieren reposo para su recuperación.
15:39Después tenemos la licencia de maternidad y sus familiares o relacionadas, que vienen maternidad, paternidad, adopción, muerte materna.
15:47Y finalmente tenemos la licencia de cuido, en donde tenemos tres figuras.
15:51La licencia de cuido a persona en fase terminal, la licencia de cuido a menor gravemente enfermo o la licencia de cuido extraordinaria,
15:58que cubre el cuido a personas de hasta 25 años de edad que presentan una situación extraordinaria de salud.
16:04Extraordinaria de salud, por ejemplo, no cabría a alguien que sí, está enfermo y todo el asunto,
16:12y tal vez vive sola o solo, no tiene quien la cuide, quien le haga ningún té o un consomé,
16:20ahí no, porque la enfermedad pueda no ser grave o terminal.
16:24No, la situación extraordinaria de salud está contemplada para situaciones que, digamos,
16:29no cabían dentro de la definición ni de terminal, ni de gravemente enfermo.
16:33Típicamente menor gravemente enfermo, hablamos de menores hospitalizados,
16:37pero entonces teníamos el tema de los menores que se enfrentan a un estado, por ejemplo,
16:41posquirúrgico, de recuperación de una fractura,
16:44menores que tal vez sufrieron un accidente de tránsito, 15 años,
16:49una fractura de un fémur y un húmero.
16:52Estamos hablando que requieren ayuda.
16:55Valer por sí mismos.
16:56Exactamente.
16:57Pero menores, menores de edad.
16:58Menores de edad, correcto.
16:59Don Gilberto está en la línea telefónica también, 21 00 13 13,
17:05y nos hace la siguiente consulta.
17:07Buenas tardes, adelante.
17:09Buenas tardes.
17:10Mi consulta, yo estoy, a mí me cogieron dos debames cerebrales,
17:14y he estado viendo el seguro y todo eso.
17:17Lo que pasa es que la consulta administrativa es esta.
17:21Yo estoy en este momento capacitado, tengo seis meses de estar capacitado.
17:25El seguro, lo que me da es muy demasiado poco.
17:29Yo tengo casa de adquirir, vivo con mi esposa,
17:33mi esposa es la que me está atendiendo en este momento,
17:35porque no quedé muy bien de todo,
17:39y he estado, porque lo que me da el seguro son 37 mil colones,
17:42y tengo que pagar de seguro.
17:46Yo soy trabajador dependiente, pago 43 mil pesos por mes de seguro.
17:53Si uno no lo paga, no lo obtienen, todo eso es lo tímido.
17:56Y es que si yo estoy recibiendo 37 mil colones,
17:59y me cobran 43, 45, ¿de qué voy a vivir?
18:03Yo, es que mis hijas y otras personas me llevan,
18:07pero en estos momentos no tenía ni, o sea, no me alcanzan ni para comer un día.
18:12Y más bien quedo viendo a la caja.
18:14Muchas gracias, don Gilberto, por la consulta.
18:17Yo le voy a preguntar a Paula si ella puede responder al respecto,
18:22porque estamos conversando por la modificación del reglamento de incapacidades.
18:27Y yo presenté la pensión, las dos cosas, porque yo no puedo trabajar,
18:33porque el doctor hace seis meses me prohibió que no pudiera manejar,
18:38y es lo único que ha estado trabajando.
18:42Y ella resulta que no puedo trabajar.
18:44Perfecto.
18:45Muchísimas gracias, don Gilberto.
18:46Paula.
18:47Ok.
18:49Bueno, es un tema complicado,
18:51es un tema un poquito más, por así decirlo,
18:57de la normativa institucional y del porcentaje que se otorga de subsidio
19:01por cada tipo de beneficio.
19:03En el tema de incapacidad por enfermedad,
19:07cuando usted es salariado directo,
19:09la Caja Costarricense de Seguro Social le paga un subsidio del 60%
19:12de lo que usted reporte como salario,
19:14y en el caso del trabajador independiente le cancela un 50%
19:18de lo que usted reporte como salario.
19:19Entonces, es totalmente dependiente y nunca va a cubrir el 100%
19:24de lo que usted está acostumbrado a recibir.
19:26Claro.
19:27Y también, entonces, el llamado para que cuando las personas solicitan
19:31el seguro como trabajadores independientes,
19:35poner o registrar un salario lo más cercano a lo real que están
19:42percibiendo, porque yo sé que normalmente se suele bajar,
19:48pero si se baja, entonces efectivamente la Caja va a estar pagando
19:52el 50% de eso que ustedes indicaron que era su salario.
19:57Pero sería el 50% de lo que ustedes indicaron como salario
20:02como personas trabajadoras independientes.
20:05Exacto.
20:06Dennis también nos hacía una pregunta a través del 21-013-13,
20:10y él decía, esta modificación, y yo casi que me sé la respuesta,
20:15pero esta modificación es para todos, para todas,
20:20empresa privada, instituciones del Estado, todo el mundo.
20:23Correcto, porque no es de acuerdo a su estatus patronal o su tipo
20:29de aseguramiento, es de acuerdo a su patología,
20:32el criterio de su médico tratante y las necesidades que usted tenga
20:35de acuerdo a su patología.
20:36Perfecto.
20:36Paula, muchísimas gracias, de verdad.
20:38Gracias a ustedes por el espacio.
20:39Por habernos acompañado en esta tarde.
20:41Gracias.

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