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00:00Ya fue publicado el nuevo reglamento en la Gaceta y por consiguiente toda persona empleadora,
00:11empresa, sea pública o privada, tendrá que ofrecer condiciones favorables a las madres
00:16que están en periodo de lactancia. Incluso si se trata de una sola mujer, la empresa
00:23deberá acondicionar uno de estos tres tipos de espacios, cabina de lactancia, zona de
00:30lactancia o sala de lactancia. Este reglamento viene a ampliar lo que ya establecía el artículo
00:37100 del código de trabajo y aplica para todos los centros de trabajo que tengan al menos
00:41una madre en periodo de lactancia. Cada espacio es diferente y se adapta a las
00:46condiciones o tipo de empresa, es decir, hay empresas grandes en Costa Rica con mayor cantidad
00:51de personas trabajadoras, por lo que se tiene que contemplar desde el mobiliario ergonómico
00:57hasta una refrigeradora exclusiva para el almacenamiento de la leche.
01:02Es importante señalar que el reglamento establece un plazo de un año para que las empresas hagan
01:06los ajustes y una vez que pase este periodo, las autoridades pueden verificar el cumplimiento
01:11de estos requisitos y en caso de que no los hayan cumplido, se exponen a sanciones de tipo
01:16sanitario como multas que van desde 1 a 23 salarios bases y también sanciones de tipo
01:21sanitario como el cierre del establecimiento.
01:24Para que entren en funcionamiento, estos espacios deben contar con el visto bueno del Ministerio
01:30de Trabajo, gestionado mediante una solicitud formal ante el Consejo de Salud Ocupacional que
01:37incluya una declaración jurada y evidencia fotográfica.
01:41Ojo, la idea es que se garantice las condiciones seguras, higiénicas y privadas para que las
01:48madres puedan amamantar o extraer la leche materna durante su tiempo de trabajo, sin ningún tipo
01:54de contaminación o exposición. Muy importante, se prohíbe la habilitación de salas de lactancia
02:02en baños, bodegas u otros espacios inadecuados.

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