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  • 10/7/2025
Transcripción
00:00Queremos hablarle de un tema de muchísimo interés, porque sabemos que en Costa Rica la normativa laboral contempla distintos permisos especiales para proteger a las personas trabajadoras. Así es, Daniel.
00:10Así es, estos permisos se regulan en el Código de Trabajo, su reglamento, la jurisprudencia y directrices del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Caja Costarricense de Seguro Social.
00:22Todo ello lo contempla y todas estas instituciones están involucradas en los permisos que contempla la ley. ¿Cuáles son esos permisos?
00:31Don Marco Durante, abogado experto en derecho laboral, está aquí para aclararle a usted, a nosotros, a su familia, si tiene alguien con una situación similar, todo lo va a aclarar.
00:44Don Marco Durante. ¿Cómo está, Don Marco?
00:45Buenos días, muchas gracias.
00:47Qué gusto tenerlo acá en la casa.
00:48Y Daniel, un gusto estar acá con ustedes.
00:50Hablemos, Marco, tal vez de cuáles son esos permisos, los que más reconocemos, los permisos, hablamos de tres el día de hoy, ¿cuáles serían?
00:58Sí, términos generales, cuando hablamos de un permiso, estamos hablando de una autorización donde el patrono es el que directamente lo da.
01:08Cuando hablamos de licencias, estamos hablando de autorizaciones también, pero donde está de por medio usualmente una institución como la Caja Costarricense del Seguro Social.
01:18Volviendo al permiso, en Costa Rica tenemos o permisos con goce de salario o permisos sin goce de salario, dependiendo de la situación en la que estemos nosotros reflejando.
01:30Con goce de salario podemos citar maternidad, paternidad, lactancia, cuidado de recién nacidos o sin goce de salario, por estudios, por trámites o uno a veces procura un permiso sin goce de salario.
01:45Y al voluntario puede ser también, don Marco, si quiere iniciamos por los permisos sin goce de salario, qué requisitos formales debe presentar el trabajador o si se requiere documentos formales para solicitar un permiso sin goce de salario.
02:01Esto quiere decir que Catering mañana va y dice en Recursos Humanos, me voy seis meses de Teletica porque tengo cualquier cosa.
02:09Se puede así.
02:10¿Están goyendo?
02:11Sí.
02:12¿Están goyendo ahí?
02:15Quiero tomarme un año fuera, un año sabático.
02:17Voy para Europa.
02:18Vamos a ver, no existe en nuestra legislación un procedimiento que digamos tenemos que cumplir paso a paso, pero lo razonable y lo que se espera para que quede en el expediente personal de cada trabajador es una solicitud por escrito.
02:35Entonces Catering llega y le escribe a su patrono una nota donde formalmente dice que solicita un permiso sin goce de salario, que ese permiso debería ser de esta fecha a esta otra fecha y el objetivo de ese permiso.
02:53Y el patrono debe de decidir si lo autoriza o no.
02:58¿No está obligado?
02:59No, no está obligado. Incluso lo que la normativa ha dicho es que vamos, como no es con pago del salario, debería existir una razón objetiva para rechazar esa solicitud.
03:13Claro.
03:14¿Verdad? Entonces lo usual es que el patrono sí autorice este permiso, que hagan los ajustes internos para cubrir quién va a hacer las labores de Catering durante ese plazo.
03:26Y a partir de ese momento el contrato entra en una pausa.
03:31Y cuando decimos que no está obligado, entonces podríamos decir también que la persona que solicita el permiso prácticamente no debería tener ningún inconveniente en que el patrono le otorgue ese permiso, esa pura voluntad del patrono en ese caso.
03:46Es una buena voluntad en las partes y la consecuencia inmediata cuando hay un permiso sin goce de salario es que se suspenden las dos obligaciones más importantes del contrato de trabajo.
04:01Claro.
04:01El trabajador no tiene que prestar servicios durante ese plazo y el patrono no tiene que pagar salario. Entonces el contrato entra en una pausa.
04:11Esto en lo público y en lo privado, ¿verdad? Porque en política se escucha mucho que cierta persona tiene una plaza en determinada institución, pero hay un cargo político por cuatro años y solicita un permiso sin goce de salario por los cuatro años.
04:28¿En lo público o en lo privado hay un límite?
04:30No, no hay un límite. Eso lo definen las partes. Acá lo importante es que usualmente se justifique bien por qué es que estoy pidiendo ese permiso y una vez que está autorizado el contrato, como decía ahora, entra en un proceso de pausa o de suspensión.
04:52No hay obligaciones entre las partes y esto tiene otras consecuencias interesantes.
04:58Por ejemplo, hablando de consecuencias, se me ocurre preguntarle, Marco, ¿qué pasa si, por ejemplo, viene Daniel y dice voy a irme seis meses a estudiar a España?
05:06Teletica, por favor, me puede otorgar un permiso. Bueno, o en el caso de cualquier persona que tenga a su patrono, hace esta solicitud.
05:13Al no estar obligados, al cabo de esos seis meses, ¿hay algún tipo de responsabilidad patronal si tengo que despedir a la persona, si no? ¿Qué pasa si se incumple de alguna manera eso que se habló?
05:23Muy bien, Caterin. Esto es importante entenderlo porque cuando el trabajador ya tiene el permiso sin goce de salario, como decía ahora Daniel, un permiso que puede ser un año, dos años,
05:35este plazo no corre para efectos de vacaciones y aguinaldo. Es decir, el trabajador durante este plazo no computa para el beneficio de vacaciones y aguinaldo porque no está trabajando.
05:50Ahora, para lo que sí computaría es para efectos de la antigüedad. Si posteriormente, después de un año, dos años de ese sabático o de ese plazo en el que el trabajador está en permiso sin goce de salario,
06:07la relación termina, ese tiempo sí computa para efectos de la antigüedad y el posible pago de preaviso y auxilio de cesantía.
06:15Aquí tenemos varias consultas. Ya casi vamos a ir con sus preguntas. Muchas gracias por apuntarse a la conversación de manera virtual.
06:26Vamos ahora con los permisos con goce salarial. Uno de ellos es la maternidad, la licencia por maternidad, que no es un permiso. Eso ya es por ley.
06:36Eso ya es una licencia. ¿Cuánto dura el periodo de maternidad?
06:39La licencia por maternidad está regulada en el código de trabajo y tiene un mes pre y tres meses post parto.
06:48Es decir, se habla de 16 semanas o un mes pre y tres meses post en la que la trabajadora va a tener el salario completo,
06:5950% pagado por el patrono y 50% pagado por la Caja Costa Vicente del Seguro Social.
07:07Y de esta manera no se ve disminuido su ingreso ni afectada su condición de embarazo y nacimiento del bebé.
07:16¿Qué pasa, por ejemplo, con las trabajadoras que, no sé, llegan y deciden,
07:19ay, yo tal vez no necesito como ese mes previo, yo quisiera tal vez reservarlo un poquito para juntarlo, qué sé yo, con esos cuatro meses posteriores?
07:26Una pregunta frecuente.
07:27¿Eso es posible?
07:28La Caja Costa Vicente del Seguro Social ha sido muy estricta en este tema porque el mes pre tiene una función distinta a los tres meses post.
07:38Entonces, acá es importante que quienes nos están viendo sigan de la mano con su médico para que se puedan cumplir estas dos etapas
07:46y no se termine perdiendo alguna por creer que la pueda acumular posteriormente.
07:50Es decir, existe la posibilidad de perderla, la persona o la mujer que no la aprovecha en este caso el mes antes, previo, no es posible entonces que la aproveche.
07:59Por decisión del médico sí podría eventualmente no acumularse y quedarse solamente con el post.
08:06Lo que sí sucede en algunos casos, y que me imagino podrán estarlo ya preguntando,
08:11es que algunas trabajadoras que tienen vacaciones acumuladas quieren sumarle al post parto algunos de sus días de vacaciones.
08:21¿Se puede?
08:21Sí, es posible. Las partes pueden acordar esa continuidad para que entonces, de alguna manera,
08:28la trabajadora tenga un mayor tiempo de descanso post parto y que pueda compartir con el bebé.
08:37Don Marco, aquí tenemos una consulta, ya casi vamos con otro de los temas que son los plazos legales y las condiciones laborales para los casos de embarazo.
08:46Pero preguntan acá, buenas, si uno trabaja por ser, voy a reservarme el nombre por aquello, verdad, que haya alguna situación laboral.
08:54Bueno, si uno trabaja por servicios profesionales, tiene derecho a licencia de maternidad,
08:59ya que le brinda servicio a una empresa y la caja le realiza el pago a final o durante la licencia.
09:08Muy bien, aquí estamos, Daniel, ante la típica disyuntiva de si realmente ese es un contrato por servicios profesionales.
09:15O si lo que hay es una figura que se está utilizando para sustituir lo que realmente hay, que es un contrato de trabajo.
09:24Si fuera un verdadero contrato de trabajo con solamente la trabajadora ir a la caja costarricense del Seguro Social,
09:32la caja obliga al patrono a incluir a esta persona en planilla para poderle dar a esta persona el beneficio de su pre y posparto.
09:42Todo esto a costa del patrono que utilizó mal la figura.
09:47Si se trata de un trabajador autónomo, en este caso una trabajadora, que realmente sí brinda servicios profesionales como un profesional independiente,
09:57el beneficio se le da, pero ya con otras reglas distintas, como una trabajadora independiente.
10:03Pero aquí tal vez lo importante es determinar si realmente lo que está detrás de ese contrato por servicios profesionales es una relación laboral oculta,
10:13donde a la trabajadora no se le debería dejar de pagar ese pre y posparto, que lo tiene derecho como cualquier otro trabajo ordinario.
10:21Marco, y también hay una situación que evidentemente, o creo yo, que no es legal, pero que desafortunadamente puede que se dé.
10:28¿Qué pasa también cuando una trabajadora vuelve a su trabajo y buscan algún pretexto y la despiden?
10:34¿Qué puede hacer una mujer ante una situación de estas?
10:38La trabajadora, desde el momento en el que pone en conocimiento a su patrono del embarazo,
10:47hasta terminada la lactancia, por el tiempo que dure la lactancia,
10:53que se supone podría ser de un año, pero un médico puede extenderla dos, tres años, lo que fuera,
10:59la trabajadora está con un fuero de protección.
11:05Esto quiere decir que no puede ser despedida, salvo que exista una falta grave cometida por la trabajadora
11:13y el patrono sigue un procedimiento de autorización de despido ante el Ministerio de Trabajo,
11:21que es la instancia que le quitaría ese fuero de protección.
11:24Un despido directo del patrono, Katherine, siguiendo tu pregunta,
11:30lo que implicaría es que esta trabajadora va rápido donde un juez laboral que la va a reinstalar
11:36con el pago de todos los salarios dejados de percibir,
11:40más un montón de sanciones para el patrono que está incumpliendo esa protección que la trabajadora tiene.
11:48Aquí hay otra pregunta frecuente, don Marco.
11:50Muy bien, cuando el trabajador está en un permiso sin goce de salario,
12:01se suspende el trabajo y, consecuentemente, se suspende la cotización por parte de los dos patrono y trabajador.
12:12Ahora, los trabajadores, en casos como estos, deben de valorar opciones de aseguramiento privado.
12:22Tengo una consulta más que nos hacen acá, don Marco.
12:25Creo, y usted me lo corregirá, que recientemente hubo alguna legislación al respecto, alguna regulación.
12:32Buen día. Quisiera preguntar, si un trabajador tiene una cita médica de un hijo,
12:38este permiso me lo pueden dar sin cobrarme el tiempo, es decir, reponerlo.
12:42Sí.
12:43Este sigue siendo todavía un tema por regularse, Daniel,
12:47que lo que dice es que el trabajador tiene la posibilidad de recibir una autorización para acudir a citas médicas
12:59y, en el caso de hijos menores que requieren el acompañamiento del trabajador,
13:04que lo hagan esto con un permiso que no necesariamente tiene que ser con pago del salario.
13:10Listo. Y ya para ir cerrando, tenemos una última pantalla que es de licencia por enfermedad,
13:15en la que también la gente tiene muchísimas preguntas y se habla de un permiso sin goce salarial salvo convenio interno.
13:23Así que tal vez muy puntualmente podemos abordar cómo es que funciona esta licencia por enfermedad de familia.
13:28Es un poco lo que estaba ahorita preguntando la persona y que comentaba, Daniel,
13:32en Costa Rica cuando un familiar requiere de un acompañamiento o bien un menor,
13:41ahí hay un permiso, pero si se trata de un familiar gravemente enfermo o de un niño menor gravemente enfermo,
13:50en este caso lo que se le puede otorgar es una licencia donde la caja costarricense del seguro social
13:56le va a pagar a esta persona, en este caso el trabajador que recibe la licencia,
14:03para este cuido del paciente en fase terminal o del menor gravemente enfermo.
14:09Y aquí el pago se hace dependiendo del salario que esta persona tenga.
14:13Muchísimas gracias a Marco de BDS Asesores,
14:17ahí están apareciendo en pantalla las redes sociales del experto para que usted lo pueda contactar.
14:21Muchísimas gracias, don Marco.
14:22Quedaron muchas preguntas, creo que este tema podemos volver a retomarlo para las preguntas de las personas.
14:27Muchísimas gracias, don Marco, muy amable.
14:29Gracias, Daniel, y gracias, Katherine.

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