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  • 17/7/2025
En comunicación con Exitosa, Germán Small Arana, exjefe del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), señaló que el Poder Judicial (PJ) mediante la Sala Penal de Tacna, validó el habeas corpus presentado por 'Jhon Pulpo' para obtener la redención de pena a través del beneficio 2x1 (Dos días por uno). Por ello, el establecimiento penitenciario donde estaba recluido acató la orden y permitió que el sujeto, condenado por homicidio, salga en libertad sin culminar sus 25 años de cárcel.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Entonces, en la discusión, ¿quién decidió liberar a John Cruz? Hay que hablar claro.
00:06Fue el Poder Judicial el que decidió aplicarle el 2x1.
00:11El Poder Judicial, no el INPE.
00:13Claro, la sala, el 26 de junio 2025, declara fundada el habeas corpus
00:20y ordena que el INPE haga un nuevo cómputo en función del 2x1.
00:30Estamos ahora enlazados con Germán Esmola Arana.
00:33Él ha sido, es un hombre muy experimentado en temas penitenciarios
00:37y por eso es absolutamente pertinente trasladarle la interrogante a él
00:42de qué ha pasado con el bendito John Pulpo, John Cruzarse.
00:47Muy buenos días, Germán.
00:49Buenos días, Nicolás, muy buenos días.
00:52Permíteme hacer primeramente una introducción académica respecto a la redención de pena.
00:58Este es un beneficio penitenciario que no es reciente, sino viene ya de 1979
01:05con el decreto ley 17581 en el gobierno militar.
01:14Pero esta norma siempre fue la redención de pena desde su inicio.
01:19El 79 siempre fue restrictiva para determinados delitos.
01:23En ese momento cuando surge, dijo, solo para primarios, cuando estén condenados
01:29en la fase final del sistema progresivo, en la etapa de la prueba.
01:34Prohibido para procesados, prohibido para reincidentes.
01:40Luego surgió la 23.164 del año 80, ya con el gobierno militar que dio el pase a la situación de estado actual,
01:49que amplía la redención de pena tanto para procesados como sentenciados.
01:54Entonces, en el Perú, la redención de pena es tanto por el trabajo como por el estudio.
02:00Pero por el trabajo tiene que ser trabajo realmente efectivo y por el estudio pon notas aprobatorias.
02:08Eso es lo que decía el código del 85.
02:12Y el código actual dice, con la aprobación de las calificaciones permanentes en la escuela,
02:21del establecimiento penal.
02:23Ahora, la redención de pena ha sufrido una serie de modificaciones a través del tiempo.
02:30Y permíteme solamente indicarte, a grosso modo, que la primera redención fue el 2x1 en el año 79.
02:39Luego se incorporó con el código de ejecución penal el 5x1.
02:44Y el 7x1 nace con la ley de terrorismo, la 927, que después quedó con la 23.164 solo para secuestro y extorsión.
02:54Y el terrorismo no redimía pena, no redimía hasta ahora.
02:58Se excluyó.
02:58Posteriormente, la norma ha sufrido modificaciones, como el caso de la incorporación del 4x1
03:07y luego el 6x1 con la ley de reincidencia y habitualidad.
03:12Y últimamente, después de la pandemia, se dicta el decreto ley 15.13,
03:19que modifica o suprime el 2x1, incorpora el 1x1, pero solo para los que se encuentran en régimen ordinario,
03:30el régimen cerrado ordinario de mínima y mediana seguridad, no para otros casos.
03:36Entonces, ahí dice, será el 1x1 para mínima y mediana del régimen cerrado ordinario.
03:42Para máxima será 4x1 y para el régimen cerrado especial,
03:47A, régimen fase A, 7x1, fase B, 6x1 y fase C, 5x1.
03:54En este sentido, el establecimiento penitenciario de Chayapalca declara no conceder la libertad final
04:06porque una de las condiciones que establece el Código de Ejecución Penal es que el interno puede obtener
04:13una libertad anticipada mediante la semilibertad, liberación condicional o libertad definitiva,
04:19agregando al tiempo de reclusión la redención de pena.
04:23En este caso específico, lo que se solicita es que la redención de pena
04:28se agregue a la pena que viene cumpliendo para dar por cumplida la pena total.
04:34Esto es un beneficio que se agrega al interno,
04:39pero que corresponde su concesión al director del establecimiento penal.
04:45Es por eso que en primera instancia, el director del establecimiento de Chayapalca,
04:50mediante una resolución 01 de 2025, de febrero, 2025, 19 de febrero, 2025,
04:59declara no conceder la libertad con redención de pena
05:04porque aplica el decreto legislativo 1569.
05:12Entonces, esta norma establece para los casos de homicidio calificado, el 108,
05:20la redención de pena en la modalidad del 6x1.
05:25alega, alega la defensa del sentenciado que esta norma no debe aplicarse
05:31y es cierto porque las resoluciones últimas, inclusive, se incorporaron
05:38el artículo 57 al código de ejecución penal para determinar que los beneficios penitenciarios
05:46se concederán conforme a la sentencia firme.
05:50En este caso, la sentencia firme fue el 2008 y ellos consideran, o sea, la parte solicitante
05:56considera que no debió aplicarse esta norma del 2006, 2016, sino la norma del código de ejecución penal.
06:05El artículo 44 del código de ejecución penal a la que alude la sala penal
06:09dice que la redención de pena por el trabajo y el estudio es en la modalidad de 2x1 para los primarios.
06:20Pero dice, no, pero sin embargo, debe tenerse en cuenta la norma especial del artículo 46.
06:30En la misma 44 hace el llamado, dice, no obstante, en la norma dice, en el artículo 108,
06:38la redención de la pena sería el 5x1.
06:42En este caso hay una gran discusión, se ha dado una diversidad de normas
06:47que han modificado el código de ejecución penal con un populismo de a veces muy barato también
06:52y ha confundido. El propio Tribunal Constitucional, en sus inicios sobre beneficios penitenciarios,
06:59Nicolás dijo que la solicitud de beneficios penitenciarios se debe declarar procedente
07:05con la ley vigente al momento de la solicitud de beneficios.
07:08Yo estaba siempre en contra de esto y recién se ha modificado esta determinación en febrero del 2023.
07:18Esto quiere decir que desde el 2003 el Tribunal ha venido manteniendo esa opción
07:25hasta que recién hace dos años, o un año, se determina que los beneficios de redención semilibertad
07:33se determinarán o concederán conforme a la ley vigente al momento de la sentencia.
07:41Esto es lo que ha pasado. Entonces hay una contradicción en cuanto a la aplicación
07:47de la ley penitenciaria en el tiempo y la diversidad de normas que se han dado frente a esto.
07:55Permíteme, Nicolás, hacer una desgregación también.
07:58Actualmente la procedencia de la redención de pena para semilibertad, libertad,
08:03definitiva, es en función del tipo penal, materia de sentencia y del régimen penitenciario
08:13en el que se encuentra el interno. Chayapalca es un régimen cerrado especial.
08:19Entonces habría que determinar en cuál de las fases estaba el interno, en A, B o C.
08:26Entonces ahí solamente puede ser el 7x1, 6x1, 5x1.
08:31Entonces, además, la redención de pena...
08:34Pero le han aplicado el 2x1, ¿no es cierto?
08:37Claro, le han aplicado porque el establecimiento penitenciario
08:43dijo que le correspondería el 6x1.
08:46Sin embargo, en la resolución del tribunal de apelación que...
08:51Lo que pasa es que frente a la resolución del director del penal,
08:54el interno, a través de su abogado, presenta una acción de habeas corpus
08:59al juez constitucional de Tacna.
09:02El juez constitucional deniega, o sea, declara improcedente el habeas corpus
09:07y en apelación de esto la sala superior declara fundada el habeas corpus
09:14en el sentido de que el juez no ha hecho una investigación exhaustiva del caso
09:20y que la resolución 1 del establecimiento penitenciario
09:25vulnera el derecho del interno a la libertad
09:28y debe aplicarse, dice, el 2x1.
09:32Es por eso que en cumplimiento de esto,
09:36el tribunal cuando se pronuncia sobre esto,
09:39el tribunal se pronuncia, dice, quedó firme el 12 de julio,
09:43el tribunal el 19 de febrero del 2025.
09:51Claro, por eso, o sea, en esta, lo que se ha dado acá es una discusión,
09:55esta gente pide, los abogados de John Cruz dicen,
10:01que se le aplique el 2x1.
10:05El INPE dice, no señor, lo que le correspondería en todo caso
10:09sería el 6x1, ¿no?
10:12Esto es, presentan un habeas corpus, es rechazado en primera instancia,
10:16pero en segunda instancia, en apelación,
10:18la corte superior de Tacna resuelve darle la razón a John Cruz.
10:24Entonces, en la discusión,
10:26¿quién decidió liberar a John Cruz?
10:28Hay que hablar claro.
10:29Fue el Poder Judicial que decidió aplicarle el 2x1.
10:33El Poder Judicial, no el INPE.
10:36Claro, la sala, la sala, el 26 de junio 2025,
10:41declara fundada el habeas corpus
10:43y ordena que el INPE haga una nueva,
10:47un nuevo cómputo en función del 2x1,
10:50dice la sala.
10:52Entonces, por eso, en cumplimiento a esa resolución,
10:55el establecimiento penal emite nueva resolución
11:00con el 2x1 y se produce la libertad el 16 de julio del presente año.
11:09Claro, pero entonces,
11:13ahora, el problema es el siguiente,
11:16una resolución judicial es de obligatorio cumplimiento, ¿no es cierto?
11:21Claro que sí.
11:21O sea, al INPE no le quedaba más que cumplirlo.
11:24Ahora, el problema es que va a venir ahora,
11:26porque lo que ahora puede resultar
11:28es que eso que resolvió el Poder Judicial
11:30en realidad no estaba de acuerdo a ley.
11:33Claro, lo que pasa es que tiene que determinarse,
11:37en este caso,
11:38que la norma siempre ha sido
11:40para redención de pena,
11:42desde el inicio del año 79 hasta ahora,
11:45restrictiva para beneficios,
11:47y lo que el artículo 44 dice es,
11:49es cierto que puede acceder el primario
11:52a la redención 2x1,
11:54salvo, dice salvo,
11:56los casos del artículo 46,
11:58que son casos especiales
11:59donde está el 108
12:01que redime con 5x1.
12:03Entonces, ahí hay una discusión,
12:05el tribunal dice 2x1
12:08y ordena que con el 2x1 se haga el cómputo.
12:11Ya, por eso.
12:12O sea, lo que tenemos que,
12:13o sea, lo increíble de esto es que puede ocurrir
12:16que, porque esa resolución puede ser revocada,
12:22¿no es cierto?
12:23Claro que sí.
12:24Esto puede ir a la Corte Suprema
12:26y la Corte Suprema llegara a la conclusión
12:28de que en realidad decidió mal la Corte Superior,
12:31pero como las sentencias a nivel superior
12:34son de ejecución obligatoria,
12:37el señor Ión Cruz anda a buscarlo
12:39si lo encuentras cuando digan
12:40que le dieron equivocadamente la redención.
12:44Ya no lo encontramos más al señor.
12:46Sí, lo que pasa acá, Nicolás,
12:48es que hay una complejidad en normas
12:50que debió analizarse adecuadamente,
12:53y que esta libertad que se produce el 14 de julio
12:58fue en función de la resolución fundada
13:01del Avia Corpus de la Sala Superior
13:03que consideró, por ejemplo.
13:06Pero lo que resulta increíble, Germán,
13:08es que salga un comunicado de la Corte Superior
13:11diciendo que quien lo ha liberado es el INPE,
13:13sí, un ratito.
13:14El INPE lo liberó porque ustedes lo ordenaron.
13:16Claro, lo que pasa es que...
13:17Lo que ocurre, Nicolás, es que la libertad definitiva
13:25con redención de pena corresponde al INPE.
13:28Está bien, eso está de acuerdo a ley,
13:30pero ellos dijeron que no es procedente.
13:33Entonces la Corte, la Sala Superior dice,
13:35Señor, la redención de pena no es 6x1,
13:38sino el 2x1,
13:40hágase un nuevo cómputo.
13:40No, está clarísimo, Germán.
13:41Con el nuevo cómputo,
13:45lógicamente llegaba a cumplir la pena
13:47y por lo tanto ordenan la libertad el 14 de julio.
13:51Germán, yo creo que está clarísima la explicación,
13:55además, con más sustento legal imposible,
13:57mi estimado Germán.
13:59Muchas gracias.
13:59Muchas gracias, como siempre, muy gentil.
14:02Muy amables, Nicolás.
14:03Ustedes lo han escuchado.

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