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  • 12/6/2025
Actualmente los trabajadores de las plataformas digitales pagan impuestos por la figura de Actividades empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas.

Para más información del tema, visita: https://www.eleconomista.com.mx/capital-humano/queda-regimen-fiscal-repartidores-conductores-plataformas-reformas-20250612-739435.html

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00:00El 27 de junio se publicarán las reglas para que los trabajadores de plataformas digitales
00:05puedan ser asegurados al Instituto Mexicano del Seguro Social, además de los lineamientos
00:09que determinarán el rango de ingreso neto para que esto suceda, además del programa
00:13piloto obligatorio. Una de las dudas y preocupaciones de los conductores y repartidores es que al
00:18ser integrados al IMSS se iban a considerar como parte de una nómina, y por ende, lo
00:22que pagarían de impuestos se incrementaría. Es decir, ¿cuál sería su régimen fiscal?
00:26Y es que uno de los objetivos que busca esta reforma es que las plataformas digitales
00:30reconozcan la subordinación de los repartidores y conductores, y con ello, que se les otorguen
00:35derechos laborales como la seguridad social, prestaciones como aguinaldo, reparto de utilidades.
00:39Por ejemplo, al respecto, Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno
00:44de la Secretaría del Trabajo y Provisión Social, explica que en la reforma hay una separación
00:48absoluta de lo fiscal de lo laboral. Con esto, se diluye una de las preocupaciones de los
00:52trabajadores, que es como quedaría la parte fiscal. Dijo durante una conferencia de prensa
00:56sobre el panorama laboral que viene para el segundo semestre de 2025. Por lo tanto,
01:00agregó, los ingresos que tengan, el límite que se establezca para acceder a todos los
01:04beneficios de la seguridad social, al activar la obligación patronal de darlo de alta ante
01:08el IMSS, no tiene repercusión fiscal alguna.
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