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  • 16/6/2025

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Transcripción
00:00La ministra Alenia Batres enfrenta a Salinas Piego y acusa a la Corte de encubrimiento
00:05millonario. Acusa a Alenia Batres a la Suprema Corte de excluirla y confabular con empresas
00:10de Salinas Piego. La ministra de la Suprema Corte, Alenia Batres Guadarrama, denunció
00:15que la Suprema Corte se ha confabulado con las empresas de Ricardo Salinas Piego para
00:20evadir el pago de impuestos por más de 35 mil millones de pesos. Según Batres, la primera
00:25sala prepara un nuevo intento de excluirla de un juicio fiscal clave contra Electra, basado
00:30en publicaciones personales hechas años atrás antes de asumir el cargo. Calificó esta medida
00:36como una sanción retroactiva a su libertad de expresión y una maniobra ilegal para favorecer
00:41al empresario. Batres acusó a la Corte de permitir una estrategia dilatoria promovida por Grupo
00:46Salinas, aceptando 56 recursos para frenar juicios durante más de medio año. Denunció
00:52además que ya se han aprobado dos impedimentos en su contra, sin pruebas de conflicto de
00:56interés, y recordó que incluso Total Play fue beneficiada con una reducción fiscal
01:01millonaria. La ministra, quien fue bautizada como la ministra del pueblo, criticó que los
01:06verdaderos intereses protegidos por algunos ministros no son los de la justicia, sino los
01:10de grandes grupos empresariales. Veamos enseguida cómo la ministra del pueblo despedaza al narco
01:16basor Salinas Pliego y a la vieja corte por atacarla e intentar excluirla para encubrir
01:22al traficante de influencias.
01:23La primera sala de la Suprema Corte tenía listado para este miércoles 11 de junio un
01:28proyecto de resolución relativo a la solicitud de Grupo Electra para impedir mi participación
01:34en la votación del amparo directo en revisión 6.321-2024. En este caso, la empresa impugna
01:42el pago de un crédito fiscal que originalmente se determinó por 33.306 millones de pesos
01:48por concepto de impuestos sobre la renta, actualización, recargos y multas correspondientes al ejercicio
01:54fiscal 2013. En el impedimento planteado por Electra se afirma que tengo aversión contra
02:00Ricardo Salinas Pliego, dado que hace 10 años afirmé que debería pagar sus impuestos.
02:06La empresa alega como evidencia diversas publicaciones realizadas en redes sociales de 2014 a 2021 en
02:14las que opinó sobre notas informativas de medios de comunicación. El proyecto que fue
02:19pospuesto hoy, elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rabolledo, resolvía que no debía
02:26participar en la discusión y votación de ese amparo por haber perdido objetividad e imparcialidad.
02:33Esta resolución asumía que la publicación de mensajes en redes sociales acredita a ni más
02:40versión personal. Cabe señalar al respecto que la norma jurídica busca sancionar o prevenir
02:46el conflicto de interés, por lo que cuando se habla de enemistad manifiesta, entre comillas,
02:53como causal de impedimento, se refiere no sólo a un sentimiento, sino a la externalización
02:59de ese sentimiento cuando se puede traducir además y fundamentalmente en beneficios o
03:07perjuicios para la persona juzgadora. El impedimento que la primera sala decidió no votar el día de hoy
03:13es el tercero que se estaría resolviendo favorablemente, es decir, en mi contra, solicitado por
03:19Ricardo Salinas Pliego o alguna de las empresas en las que participa. Los dos anteriores fueron uno para
03:26impedir que votara un amparo en revisión sobre la facultad de la unidad de inteligencia financiera
03:31para requerir información bancaria a Ricardo Salinas Pliego y el otro sobre un juicio respecto
03:37de un cobro fiscal por mil cuatrocientos treinta y un millones de pesos en contra de la empresa
03:42Grupo Electra Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable. Estos impedimentos han sido votados de manera
03:51ilegal, puesto que no se acredita el conflicto de interés, es decir, que la suscrita pueda obtener un beneficio
04:00o un perjuicio a partir de la votación a favor o en contra de los juicios correspondientes. O sea,
04:07que tenga una enemistad manifiesta, no en términos subjetivos, porque cualquier persona puede sentir lo que sea,
04:15incluso sin externarlo, sino que tenga una enemistad que se traduzca, insisto, en conflicto de interés.
04:24En los dos casos contra la empresa Electra anteriores, peor aún, resulta que la enemistad manifiesta que tendría
04:32que actualizarse y comprobarse no se refiere a la persona física, Ricardo Salinas Pliego, sino a la persona moral
04:39del Grupo Electra, respecto de la cual no sólo no he externado opinión alguna, sino que ni siquiera
04:48tengo alguna percepción subjetiva u objetiva, como tampoco la tengo respecto de sus propietarios,
04:55accionistas, de quienes ni siquiera conozco su nombre. En los dos impedimentos ya resueltos,
05:01la primera y la segunda salas ignoraron sus propios precedentes en asuntos semejantes, pues con relación
05:07a otros ministros en circunstancias similares, se ha decidido que la emisión de opiniones no pone
05:14en duda la objetividad para resolver un expediente. Así sucedió con los impedimentos treinta y nueve
05:21dos mil veinticuatro, cuarenta dos mil veinticuatro, cuarenta y dos dos mil veinticuatro, resueltos los
05:27tres por la primera sala, y con los impedimentos siete dos mil veinticinco y ocho dos mil veinticinco
05:33resueltos por la segunda sala. La sentencia propuesta por el ministro Pardo Rebulledo
05:38contradice lo que ya ha sostenido la Suprema Corte en ambas salas al cuestionarse mi objetividad
05:45derivada de la opinión emitida en una red social cuando ni siquiera era ministra de esta
05:52corte en pleno uso de mi libertad de expresión con motivo de afirmaciones de rechazo al cumplimiento
05:58de una obligación que se encuentra dispuesta en el artículo treinta y uno de la Constitución
06:03Política de los Estados Unidos Mexicanos. Algunos ministros que sí parecen tener interés
06:10particular por resolver estos asuntos han censurado mi libertad de expresión de manera
06:16retroactiva con argumentos insostenibles y absurdos para convertir esas opiniones antiguas
06:24en causa de impedimento. Es como si a Messi lo expulsara el Inter Miami por haber opinado
06:31hace diez años que el mejor equipo de fútbol era el Barcelona, si me permite en un símil.
06:39Y seguramente, como en este caso, sus opiniones no habrían de haber sido motivo de expulsión.
06:46Por otro lado, llame la atención que cada vez se refine más la estrategia para abordar en
06:53esta corte a los asuntos del señor Salinas Pliego y las empresas en las que participa.
06:59En esta ocasión, con el impedimento anterior, no sería la segunda sala, como en el impedimento
07:05anterior, no sería la segunda sala la que votaría el impedimento en mi contra porque el solicitante
07:10lo presentó respecto de varios ministros de la propia segunda sala, lo que obligaba a que
07:16se votara en la primera sala con mayor consenso y sigilo al respecto. Llama la atención justamente
07:23esta estrategia jurídica porque está implicado, y es muy delicado, no sólo el particular y
07:30las empresas en que participa, sino la propia corte. Primero porque pasivamente aceptó una
07:37retaíla de cincuenta y seis impedimentos y recursos como táctica dilatoria que permitieron
07:44posponer por lo menos siete meses la resolución de estos juicios. Además, se han aprobado sentencias
07:51sin proyecto, lo que no está siquiera previsto en la norma de la corte o en la normativa de
07:58la corte, como en el caso del amparo directo veintinueve dos mil veinte concerniente a la empresa
08:02Total Play, también parte integrante del mismo grupo empresarial, en el que se propuso
08:08un proyecto que resolvía el pago total de un crédito fiscal por seiscientos cuarenta y
08:13cinco millones de pesos y sin siquiera presentarse un nuevo proyecto, se decidió en plena sesión
08:21autorizar una deducción por más de seiscientos veintiún millones de pesos, lo que implicaba
08:26de acuerdo con nuestro reglamento que esa sentencia modificada proviniera de otro
08:32ministro al que se hubiera retornado previamente el asunto y eso no sucedió. Lo mismo ocurrió
08:39con el impedimento votado en mi contra para resolver sobre las facultades de la unidad
08:43de inteligencia financiera. En esa sesión el proyecto de sentencia me llevaba el impedimento,
08:48pero se resolvió que sí procedía, lo que habría implicado elaborar una nueva sentencia
08:53que lo argumentara antes de votarse y ello tampoco ocurrió. Este acorde ha sido partícipe
09:01de la más amplia y escandalosa estrategia que me ha tocado observar para manipular resoluciones,
09:11impedimentos y recursos como táctica dilatoria, aprobación de proyectos inexistentes, envío a otra sala
09:18para probar más rápido los impedimentos o que no se llame la atención, forzar un quórum
09:24que no va a ser quórum sino el voto manipulado que implica resolver de manera segura en el sentido
09:31en que desea el particular. Si estas fueran resoluciones legales no tendrían por qué tomarse
09:38tantas molestias. Como ministra no puedo presumir la existencia de ninguna deuda de nadie, pero
09:46en este caso ya se eximeó del pago de 621 millones de pesos a una empresa de este grupo empresarial
09:53que se resolvió de manera injustificada y porque fue la única que votó en contra, ahora se orquesta
10:01toda una estrategia para impedir que vote en los tres casos de adeudos pendientes de votación
10:08en este, en esta corte, particularmente en la segunda sala sobre este grupo empresarial.
10:15¿Qué corte puede llamarse suprema si sanciona retroactivamente la libertad de expresión
10:21de una de sus integrantes, que ni siquiera es materia de sanción? ¿Qué corte puede llamarse suprema
10:29si no sólo permite sino que confabula con particulares para ayudarles a que no cumplan
10:38con la constitución de la que deberían ser guardianes?
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