Controversia por decreto que limita derecho a huelga
Un nuevo decreto del Ejecutivo amplía actividades esenciales, limitando el derecho a huelga. Expertos y gremios critican la medida por considerarla un exceso legislativo.
En los últimos días, el gobierno emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, que amplía la lista de actividades consideradas esenciales. Esta medida obliga a garantizar entre un 50% y un 75% de funcionamiento durante huelgas en sectores como salud, educación y transporte. La Confederación General del Trabajo (CGT) ha expresado su preocupación, argumentando que esta normativa afecta el derecho constitucional a la huelga.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez calificó el decreto como un "exceso legiferante" del Ejecutivo. Según él, los DNU están destinados para situaciones excepcionales cuando el Congreso no puede funcionar, pero no para restringir derechos fundamentales como el de huelga. Gil Domínguez enfatizó que es responsabilidad del Congreso legislar sobre estos temas para evitar abusos.
La discusión se centra en si ciertas actividades deben ser consideradas esenciales al punto de limitar derechos laborales básicos. Mientras algunos defienden la necesidad de mantener servicios mínimos en sectores críticos, otros advierten sobre las implicaciones negativas para los trabajadores. La polémica continúa mientras se espera una respuesta formal del Congreso.
Un nuevo decreto del Ejecutivo amplía actividades esenciales, limitando el derecho a huelga. Expertos y gremios critican la medida por considerarla un exceso legislativo.
En los últimos días, el gobierno emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, que amplía la lista de actividades consideradas esenciales. Esta medida obliga a garantizar entre un 50% y un 75% de funcionamiento durante huelgas en sectores como salud, educación y transporte. La Confederación General del Trabajo (CGT) ha expresado su preocupación, argumentando que esta normativa afecta el derecho constitucional a la huelga.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez calificó el decreto como un "exceso legiferante" del Ejecutivo. Según él, los DNU están destinados para situaciones excepcionales cuando el Congreso no puede funcionar, pero no para restringir derechos fundamentales como el de huelga. Gil Domínguez enfatizó que es responsabilidad del Congreso legislar sobre estos temas para evitar abusos.
La discusión se centra en si ciertas actividades deben ser consideradas esenciales al punto de limitar derechos laborales básicos. Mientras algunos defienden la necesidad de mantener servicios mínimos en sectores críticos, otros advierten sobre las implicaciones negativas para los trabajadores. La polémica continúa mientras se espera una respuesta formal del Congreso.
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00:00Que fue la no sesión del Congreso, papelón me parece, algunos diputados que llegan tarde con el avión.
00:06Después quiero mostrar algo que pasó fuera del Congreso, que me parece muy preocupante más que un papelón.
00:12Pero hablemos de un decreto que apareció y que preocupa a algunos gremios.
00:15Le pido que se me disfrace de abogado.
00:18Bueno, trataremos.
00:18Sacamos el periodista, ponemos al abogado.
00:20El DNU 340 barra 25 apareció en el boletín oficial en los últimos días
00:26y amplía la cantidad de actividades que uno sabe como esenciales.
00:31Por ejemplo, para el personal de salud y uno sabe que va a tener la guardia abierta siempre.
00:36Si se postergan operaciones y algo, pero que la guardia va a estar abierta siempre.
00:40Este servicio esencial se replica en otras actividades a partir de ahora.
00:45Obliga a garantizar el funcionamiento entre un 50 y un 75% durante las huelgas, durante los paros de determinada actividad.
00:55Esto, muchos dicen, desde la CGT, por eso también el paro ya del año pasado,
01:01cuando se intentó mandar esto a través del DNU, del decreto justamente tan afectado por mi ley,
01:09dice que afecta el derecho protegido por la Constitución, el derecho a huelga.
01:15La verdad que en todos los lugares del mundo no sucede, señores.
01:19Si a usted, los de la CGT, que les gusta viajar para reunirse con los de la OIT,
01:23pregúntenle bien cuáles son los servicios esenciales.
01:25Entonces, a modo personal.
01:26La siguiente placa indica qué actividades, no sé si tenemos la otra para acá, Amelie,
01:32qué actividades van a pasar a ser esenciales.
01:34Porque si sabemos, es la salud.
01:36Los docentes, el transporte aéreo, el transporte portuario, digo bien, los servicios de logística y nuevos sectores esenciales.
01:45Ahora bien, ¿está bien que esto pase a ser esencial o debe estar protegido por el derecho a huelga como la mayoría de las actividades?
01:54¿Contesto?
01:54Por favor.
01:55¿Le digo? ¿Le doy?
01:56Me parece, en lo personal me parece bien.
01:59Dicho esto, yo soy viejo y creo que el presidente no legisla.
02:03Los presidentes no legisla.
02:04Hay un sistema constitucional en nuestro país que hace que los legisladores legislen.
02:07Los decretos son tres nada más, para decirlo básicamente.
02:10Uno que es el decreto administrativo, tiene el presidente para su...
02:13Después tenés los decretos reglamentarios, que no inventa el presidente, tiene que reglamentar lo que dicen los legisladores.
02:18Y después los DNU, que son los que funcionan cuando no funciona el Congreso.
02:22Pero, ergo, ¿el Congreso funciona? No corresponde.
02:26Luego, mi pregunta es, ¿está reglamentando o está inventando nuevos derechos?
02:30Porque si está inventando nuevos derechos, perdonen la viejitud mía, yo soy de los que creen en la división de poderes.
02:38No sé, pero está frente a mí, está para mí uno de los mejores constitucionalistas que tiene este país, lejos.
02:45Si yo fuera presidente de la Nación, yo lo propongo como ministro de la Corte,
02:48pero como no voy a ser por el bien de la Nación, ni concejal de Rosario,
02:51Doctor Andrés Gil Domínguez, buen día, ¿cómo estás?
02:55Buen día, Luis, ¿cómo te va? ¿Cómo estás?
02:56Bien. ¿Podés contestarle a Mercedes a esta pregunta que me hacía a mí, yo torpemente contestaba?
03:01¿Esto es una atribución del Ejecutivo reglamentando una ley o un exceso legiferante del Ejecutivo?
03:08Y es un exceso legiferante y autocrático del Ejecutivo porque los decretos de necesidad y urgencia están pensados para ser dictados en situaciones excepcionales,
03:18cuando el Congreso no pueda funcionar y para tomar decisiones que una vez que termina la situación excepcional queden sin efecto,
03:25como fue por ejemplo la pandemia y la doble indemnización.
03:28No están pensados para sustituir al Congreso, no están pensados para restringir derechos o limitar derechos,
03:36y a su vez el problema de este DNU específicamente es que regula o limita el derecho de huelga respecto a servicios esenciales y trascendentes
03:47de una forma irrazonable y desproporcionada que hace que vulnere el derecho de huelga, que impida su pleno ejercicio.
03:55Claro. Ahora, Andrés, bueno, yo comparto esto que estás diciendo. Por el otro lado hay una posición, y esta es mía,
04:03que la educación es un servicio esencial, que es transporte, pero para eso habría que sentar al Congreso y legislar, ¿o estoy loco?
04:09Claro, es el Congreso que tiene que limitar el derecho de huelga razonablemente, porque si vos le vas a imponer a una actividad el 75% de la prestación del servicio,
04:20entonces no hay derecho de huelga posible. Que un servicio sea esencial y deba ser resguardado no convierta a los trabajadores y trabajadoras en esclavos,
04:29que no pueden ir a discutir con el instrumento del derecho de huelga sus salarios, sus condiciones de trabajo,
04:36porque si no entonces el Estado podría no pagarles, por ejemplo, o podría estar en condiciones que corra peligro su vida y su salud,
04:43tendrían que ir a trabajar igual. Lo cual es totalmente inconsistente con lo que dice la Corte Interamericana de Dichos Humanos,
04:49la que dice el OIT, sobre cómo se regula el derecho de huelga respecto a servicios esenciales.
04:55¿Sabés qué pasa, Andrés? Que siento, a lo mejor me equivoco. También vivimos en un país en donde en una época hacías paro,
05:02porque a las seis horas de que tuviese que haberse depositado el sueldo de los docentes,
05:08hablo de Varadel en la provincia de Buenos Aires, no te lo depositaban, seis horas de retraso, parabas toda la educación.
05:13Yo siento que vivimos en los bordes, en los péndulos de todo o nada,
05:18y nos pasamos por el lugar que todos pensamos, la Constitución.
05:22Para eso está el Congreso, para discutir con la representación popular del pueblo y de las provincias,
05:30los límites razonables al derecho de huelga para garantizar servicios esenciales,
05:35y que no existe un abuso de huelga respecto a servicios esenciales.
05:38Pero nunca a través de un decreto de necesidad y urgencia, que te lo regula de forma tal que se desconoce el derecho de huelga.
05:44Para las actividades esenciales se desconoce el derecho de huelga.
05:49Nadie va a poder hacer huelga aunque esté en una condición de trabajo totalmente indigna
05:53y corra peligro su vida y su integridad física por la prestación del servicio.
05:57Andrés, gracias, como siempre.
05:59Muchas gracias, un gran abrazo.
06:01Hasta luego.