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  • 21/5/2025
En comunicación con Exitosa, el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, calificó de populista la ley que declara a adolescentes de 16 y 17 años como imputables por delitos graves. "El Estado le ha fallado al país", dijo.


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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00que el Estado incumplió su deber. El Estado ha fallado al país, le ha fallado a los niños,
00:06le ha fallado a los adolescentes del Perú. ¿Por qué? Porque cuando uno hace una evaluación
00:12de la neurociencia y la psicología evolutiva de todas las personas, va a entender la justificación
00:20por qué los niños menores de 18 años, dentro de ellos los adolescentes, no tienen la capacidad
00:27para tomar decisiones de acuerdo a lo que establece la ciencia.
00:33Si por una infracción constitucional que no siendo delito, mire usted, por una infracción
00:42constitucional que no siendo delito se puede retirar a un presidente, cuanto más cuando
00:48hay la comisión de un delito acreditado y que a todas luces demuestra, digamos, una inconducta
00:55para conducir los destinos del país, es causal de vacancia.
00:59Ahora, habíamos programado en realidad esta entrevista, José, para hablar sobre el tema
01:04de la ley 32.330 que penaliza a los adolescentes a partir de los 16 años como si fueran adultos.
01:12El tema en política es que a veces te seduce el populismo y eso es creo que lo que ha ocurrido
01:18en el parlamento se ha seducido por el populismo porque indudablemente en la calle las personas,
01:27los ciudadanos viven prácticamente con un problema de salud mental, producto de la inseguridad ciudadana
01:33y entonces todos quieren ver cómo hacemos para cambiar esta situación porque nos ha puesto
01:38en jaque a todo el Perú, impide un crecimiento adecuado, impide que las personas se realicen
01:44como tal y a la gente no puede andar en las calles tranquilo, ¿por qué? Porque está pendiente
01:48de que le pueden robar algo, está pendiente de que le puede caer una bala perdida, en fin,
01:53está pendiente de todo. Entonces esta psicosis genera indudablemente un eco en el parlamento
02:01y el parlamento deja seducirse y se va para un tema, digamos, de una legislación que desde
02:08lo jurídico es inconstitucional, pero hay un tema de fondo ahí, que el Estado incumplió
02:13su deber. El Estado ha fallado al país, le ha fallado a los niños, le ha fallado a los
02:20adolescentes del Perú. ¿Por qué? Porque cuando uno hace una evaluación de la neurociencia
02:26y la psicología evolutiva de todos los, de todas las personas, va a entender la justificación
02:32por qué los niños menores de 18 años, dentro de ellos los adolescentes, no tienen la capacidad
02:39para tomar decisiones de acuerdo a lo que establece la ciencia, no lo digo yo. De tal
02:45manera que legislar contra esto que está reafirmativamente, positivamente incorporado
02:55en nuestra legislación nacional, como es la Convención de los Derechos del Niño, como
03:01es la Convención Americana de Derechos Humanos, nosotros creemos firmemente que nuestro Tribunal
03:10Constitucional, fiel, digamos, al compromiso asumido en la defensa de los derechos fundamentales
03:16de las personas, debe resolver a la brevedad la medida cautelar excepcional que hemos presentado.
03:21Eso lo va a ver el Tribunal Constitucional.
03:24Sí, pero mire, Nicolás, y ahí hay un tema jurídico primero que primero quisiera explicar.
03:29El Código Procesal Constitucional que ha sido derogado con esta última, precisaba en su
03:36artículo 105 que era improcedente incoarse o promoverse o impulsarse una medida cautelar
03:45en acciones de inconstitucionalidad. El nuevo Código Procesal Constitucional sabiamente ya
03:52no lo pone como una improcedencia y deja que el supremo intérprete pueda valorar, ponderar
04:02la gravedad de los hechos y frente a eso ha decidido no incorporarlo como causal de improcedencia.
04:09Entonces lo que hemos revisado es cómo ha ido a partir de esa fecha resolviendo el
04:16Tribunal Constitucional. Y lo que ha dicho el Tribunal Constitucional es que como las
04:20leyes son generales y son abstractas, no podría haber una cautelar. Sin embargo, en este caso
04:26hay un atentado contra los niños menores de 18 años que son adolescentes, ¿no? Y que ellos
04:33sí tienen una protección constitucional, una protección de tratado internacional convencional
04:39y por lo tanto el país no puede renunciar a ello. Entonces, en esta incompatibilidad de
04:46leyes, la que prima es la que tiene la condición convencional al tratarse de un convenio donde
04:53el Estado peruano es parte.
04:54Además, acá yo creo que hay un asunto de fondo. En primer lugar, nosotros revisamos
04:59las cifras de los delitos en general en función de los autores. Y la conclusión fue sorprendente
05:07que en realidad los actos de sicariato, los homicidios, el porcentaje que son cometidos
05:13por menores de edad es mínimo. No es la cifra que uno podría tener como conclusión en función
05:20de la información que dan los grandes medios, porque si tú te guías por los grandes medios
05:24resulta que todos los crímenes son cometidos por adolescentes, jóvenes, sicarios. No es
05:28verdad. O sea, la cantidad de delitos cometidos de ese tipo, ¿no es cierto? O sea, los jóvenes
05:33están metidos en montones de delitos, micro comercialización de droga, violencia, están
05:39metidos en las barras, están metidos en los robos de celulares que no terminan necesariamente
05:44en homicidios, sino en estos robos de carteras. Es decir, y lo ves por el registro de los que
05:51están presos en Baranguita, ¿no es cierto? Ahí está claro, ahí están los números.
05:54Hay un factor criminológico muy importante. Gran parte de los internos de los penales
05:59han tenido a sus padres, como también como internos. Y gran parte de los niños que están
06:04en los centros juveniles tienen a sus padres en los penales. Y por ejemplo, ahorita hay un
06:09caso que es del día de ayer. Ayer el juez en Trujillo ha ordenado el internamiento en
06:17un penal de adultos de un menor de 16 años, ¿ok? Primero que el INPE no sabe dónde lo
06:24va a poner. Lo primero que ha hecho es ponerlo en los centros de meditación, que son esos lugares
06:30donde van por castigo. Los celos de castigo. Los celos de castigo. Ahí lo ha puesto porque
06:34no sabe a dónde lo va a colocar porque eso todavía dentro de los protocolos del INPE no ha sido
06:39definido. Ese es un número uno. Y segundo, es que cuando estos casos se dan, uno rápido
06:47revisa cuál es el antecedente de este menor. Y vas a los factores de orden criminológico.
06:53Sus padres están en la cárcel. Este niño pasó de víctima a victimario. Se le acusa de extorsión
07:03porque dejaba panfletos debajo de las puertas. Se le acusa de algunas cosas. Y yo digo, y la
07:09gente dirá, ese es un monstruo. Ya vivía a expensas del crimen. Y yo le preguntaría a esa
07:17persona, si tienes razón, pero ¿qué otra opción tenía? ¿Y por qué el Estado, tal cual
07:23dice la Constitución en el artículo cuarto, y la comunidad no protegió a ese niño cuando
07:28tenía cinco, seis, siete, ocho, diez años?

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