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  • 10/5/2025
El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a una investigación penal contra el rey emérito Juan Carlos I. Lo ha hecho desestimando una querella impulsada por juristas de prestigio, que denunciaban una posible evasión fiscal y la falta de una detallada investigación judicial. En este vídeo, te explicamos las cinco claves del caso, sus implicaciones jurídicas, las posturas enfrentadas y el impacto que puede tener esta decisión en la confianza ciudadana en la justicia.

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Transcripción
00:00Juan Carlos I. Este es el nombre que vuelve a estar en el centro del debate jurídico.
00:07¿Puede un exjefe de Estado librarse de una investigación penal por haber regularizado
00:12su situación fiscal una vez que sabía que estaba siendo investigado? ¿Es esto justicia
00:17o blindaje institucional? En este vídeo te explicamos por qué el Tribunal Supremo ha
00:23cerrado la puerta al caso contra el Rey Emérito, pese a los indicios de una fortuna oculta
00:29y un historial de privilegios.
00:34Vamos a contarte qué dice el Supremo, qué sostiene la Fiscalía y qué argumentos tienen
00:40quienes han presentado la querella contra el emérito. De hecho, hemos hablado con uno
00:45de sus autores, José Antonio Martín Payín, magistrado emérito del Tribunal Supremo.
00:50Creo que ahora se está dando una imagen muy negativa de la justicia, lo cual, pues, la
00:58verdad, una persona que ha dedicado cuarenta y tantos años de su vida a ejercer esta profesión
01:04en el Ministerio Fiscal y en la magistratura, pues la verdad que me preocupa y me preocupa
01:11como ciudadano y demócrata y me duele como persona, como profesional.
01:16Nos vamos a noviembre de 2024. Todo comienza con una querella presentada por un grupo de
01:26juristas, intelectuales y antiguos fiscales del Estado. ¿Quién es el acusado? Juan Carlos
01:31I. Los querellantes alegan que el Rey Emérito ha cometido cinco delitos fiscales, ocultando
01:38ingresos y donaciones a través de fundaciones opacas como Lukum y Zagatka.
01:43El exmonarca abonó más de cinco millones de euros en regularizaciones fiscales en 2020
01:50y 2021. Pero el grupo de juristas y expertos considera que esas regularizaciones no fueron
01:57válidas, ya que se hicieron tras recibir avisos de la Fiscalía, lo que, según la ley, inhabilita
02:03su efecto exonerador.
02:04Nosotros nos hemos centrado en que la regularización la ha hecho cuando ya conocía que la Fiscalía
02:12le estaba investigando por posibles delitos contra la hacienda pública. Este es el núcleo
02:17del debate y no hay más.
02:22El autor, redactado por el magistrado Manuel Marchena, dice que los hechos denunciados o
02:28no constituyen delito, o están prescritos, o fueron regularizados correctamente. Es decir,
02:34según el tribunal, no hay base para abrir una causa penal.
02:38Marchena se alinea con la Fiscalía Anticorrupción, que ya archivó el caso en 2022. Pero va más
02:43allá. Acusa a los querellantes de presentar una interpretación fragmentada e interesada
02:49del decreto de archivo de la Fiscalía. El Supremo también pone en valor que nadie recurrió
02:54aquella decisión en su momento y considera que lo que se pretende ahora es reabrir una
02:59investigación ya cerrada con los mismos argumentos.
03:02Lo único que dijimos en su momento, y también muchos entusiastas como Marchena y, sobre todo,
03:08la alegre muchachada mediática que le apoya, ya nos dijeron dos cosas que habíamos tardado
03:14mucho en ponerla a querella y que, por otro lado, pues ya la Fiscalía había cerrado la
03:20causa. Y, claro, la contestación es elemental. Oiga, mire usted, en un Estado de Derecho y
03:27en una Facultad de Derecho se enseña que la única forma de que una persona quede exenta
03:34de responsabilidad criminal es que haya una sentencia definitiva y firme dictada por un
03:42Tribunal de Justicia, no por la Fiscalía. Hombre, tener que decir esto causa hasta rubor. Y, vamos,
03:49yo que he sido durante 40 años profesor universitario, si algún alumno me dice esto,
03:54hubiera tenido alguna complicación. Antes se volvía en septiembre, ahora parece que ya no.
03:59Aquí está el fondo del asunto. Por un lado, la Fiscalía sostiene que las regularizaciones
04:07fiscales de Juan Carlos I fueron realizadas de forma espontánea, es decir, antes de que se
04:13notificara formalmente que estaba siendo investigado, lo que les otorgaría validez legal y efecto exonerador.
04:20Insistimos, hablamos de la regularización de más de 5 millones de euros pagados en 2020 y 2021.
04:27Pero los querellantes rebaten esto. Aseguran que Juan Carlos I fue informado en al menos dos ocasiones
04:34de que se le estaba investigando sobre su patrimonio y sus movimientos financieros.
04:39Lo cierto es que nosotros sostenemos que, del documento oficial de Fiscalía de Investigación,
04:46existen elementos suficientes para sostener que, cuando regularizó, ya sabía que la Fiscalía
04:53había iniciado diligencias de investigación relacionadas, entre otras muchas, con delitos fiscales.
05:02En este caso, según el artículo 305.4 del Código Penal, la regularización pierde su valor y no puede
05:09impedir la apertura de un proceso penal. Se considerará regularizada la situación
05:14tributaria antes de que por la Administración se le haya notificado el inicio de actuaciones
05:18de comprobación o investigación. Además, hay un debate sobre los plazos. Los delitos prescriben sí,
05:24pero algunos podrían estar dentro del margen legal. Los denunciantes argumentan que los presuntos
05:30delitos fiscales cometidos entre 2014 y 2018 no estarían prescritos. ¿Por qué? Porque el plazo
05:37de prescripción para estos delitos puede alcanzar los 10 años, dependiendo de la cuantía defraudada
05:43y de otros factores. Por tanto, consideran que aún existe margen legal para la investigación penal.
05:49Lo que piden los querellantes no es una persecución. Piden transparencia y una investigación. No piden
05:59una condena. Piden que se abra un proceso. Quieren que los tribunales examinen con detalle si Juan
06:05Carlos I defraudó o no. Entre ellos están nombres conocidos del mundo jurídico. Además de Martín
06:13Payín, están el exfiscal Carlos Jiménez Villarejo y el catedrático Javier Pérez Royo. Denuncian que
06:19aquí hay una doble vara de medir. Una para los ciudadanos y otra para quienes han tenido poder
06:25institucional. El abogado del rey honorífico comparece diciendo, hombre, por Dios, se me
06:31habían olvidado cinco declaraciones tributarias del 2014 al 2018. Qué distracción la mía.
06:39Cuando la fiscalía dice al final de todo su informe, que es muy bueno, las cosas como son,
06:46la fiscalía dice, gracias a la fiscalía se recuperaron cinco millones y pico para el
06:51precario público. Hombre, basta con saber leer y escribir para entender que si es gracias
06:57a la fiscalía es porque le habían puesto en su conocimiento la existencia de delitos
07:02fiscales. Esta parte del debate gira en torno a la percepción de imparcialidad del sistema
07:07judicial, especialmente cuando se trata de figuras con una posición histórica e institucional
07:12destacada en el Estado español. Estos argumentos nos llevan al siguiente punto.
07:17Esto no va solo de dinero, va de principios, de si hay igualdad ante la ley, de si se aplica
07:26el mismo rasero a todos y de si nuestras instituciones funcionan con independencia.
07:32Pero la sombra judicial no acaba aquí cuando hablamos del emérito. El Tribunal Europeo de
07:37Derechos Humanos aún debe pronunciarse sobre una demanda presentada por Izquierda Unida y
07:43otras organizaciones. Alegan que la decisión de archivar la investigación contra Juan Carlos
07:48I vulneró el derecho a una tutela judicial efectiva recogida en el artículo 24 de la
07:54Constitución Española. En la misma línea sostienen que se contravino el artículo 6.1
07:59del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales que
08:04reconoce el derecho a un proceso equitativo. El auto del Tribunal Supremo, que cierra definitivamente
08:10la vía penal en España, ha sido criticado por varios sectores jurídicos que apuntan que la
08:16regularización fiscal no debería impedir por sí sola una investigación judicial si existen indicios
08:22razonables de delito.
08:23Si nos dan alguna posibilidad o alguna muleta para que podamos decir que se han vulnerado
08:30derechos fundamentales e ir al constitucional, pues lo valoraríamos porque tampoco somos unos
08:36señores que tengamos la intención de salvar a la patria como otros, ¿no? Y si no, pues
08:41ahí se queda la cosa y por tanto, pues ya este señor puede decir que, hombre, si tiene
08:47un poco de sentido común, mire usted, soy un defraudador, pero me he librado porque he
08:54regularizado.
08:54En este contexto, el caso se convierte en un símbolo de un debate más amplio sobre el alcance
09:00real de la rendición de cuentas de los altos cargos públicos, incluidos quienes han ocupado
09:05la jefatura del Estado.
09:08¿Tú qué opinas? ¿Debe investigarse a fondo al rey emérito? Déjanos tu comentario y
09:13suscríbete para más análisis como este. Hasta la próxima.

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