A pesar de que el Reglamento del Usuario del Metro de Panamá, establecido mediante decreto ejecutivo desde 2014, prohíbe la buhonería y la venta de bienes o servicios en los trenes, estaciones y áreas peatonales y establece sanciones que van desde $100.00 hasta $300.00, la venta ambulatoria de mercancías en las áreas peatonales se ha extendido a múltiples estaciones de la línea 1 y 2 del Metro.