Desde el 2019, Nuevo León prohibió el uso de caballos para carretones y fijó sanciones por violencia contra los animales mediante reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal de Nuevo León aprobadas por el Congreso del Estado.
Además se estableció un plazo de 180 días para sustituir al ejemplar utilizado, por un vehículo motorizado.
00:02La ley de protección y bienestar animal para la sustentabilidad rechaza y prohíbe estrictamente el uso de animales para trabajos de cargas en áreas urbanas.
00:11Esto en materia de optar por el bien de los animales.
00:15En el capítulo 9, artículo 48, se prohíbe el uso laboral de los animales de carga y tiro en las áreas urbanas del estado.
00:22Sin embargo, también establece que la vida laboral de los animales de carga, tiro y monta no debe de ser mayor de 15 años a partir de su fecha de nacimiento, contradiciendo a la misma reforma mediante una laguna de información.
00:37En el inciso 1, nuevamente se vuelve a contradecir la ley, pues menciona que se debe otorgar agua y alimento previo o durante sus periodos de trabajo.
00:46Y en el segundo inciso, se reitera la prohibición en que los animales de carga sean manejados con métodos de sujeción.
00:53Es decir, atarlos de una o varias extremidades para evitar o limitar su desplazamiento.
00:59Sin embargo, en el artículo 50, se menciona que los vehículos de tracción animal quedarán prohibidos para su uso en todo el estado,
01:07salvo que sean utilizados en labores propias del campo y por ningún motivo se podrá utilizar a un animal de tiro para transportar basura o desechos en ninguna zona urbana.
01:18Si se infringe la ley, el ejemplar será retirado de su dueño y las multas pueden ascender a los 849 mil pesos,
01:26así como la reparación de daño que incluye el pago de la atención médica.
01:30Como pudiste notar, hace falta que se trabaje en la congruencia de esta ley.