En entrevista con Exitosa, Ernesto Blume, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), cuestionó a la Comisión de Fiscalización del Congreso por concluir que la presidenta Dina Boluarte sí se ausentó del cargo tras someterse a cirugías.
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00:00La República, ¿no está acreditado que ella haya estado en abandono del cargo si se hace un análisis detallado de los días en que estuvo en tratamiento?
00:15Primero, le voy a dar la bienvenida a mi próximo invitado, es el expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume. Bienvenido, doctor Blume, a Exitosa.
00:27Buenas noches, muchas gracias por la invitación.
00:29Muchas gracias por estar aquí, muy amable por contestar las próximas preguntas.
00:34Primero quisiera empezar por el tema de la doctora Patricia Benavides.
00:43Nosotros hace un momento, muchas gracias, nosotros hace un momento estábamos entrevistando al expresidente de la Junta Nacional de Justicia, Aldo Vázquez, precisamente durante su gestión se destituyó a Patricia Benavides
00:57y ahora se le ha repuesto en el cargo.
01:00Él lo que ha dicho es que esta restitución es, quiero referirme a los términos exactos, un acto inválido que no se ha visto ni siquiera en el Consejo Nacional de la Magistratura
01:18y que afecta la estabilidad jurídica de nuestra nación.
01:24Primero, porque no se ha dado por unanimidad y después ha dicho que el análisis de esta Junta Nacional de Justicia es especulativo.
01:36Además que el Tribunal Constitucional ya había establecido cuáles eran los parámetros de la unanimidad.
01:45Ahora le pido por favor a usted que nos haga su balance, su análisis de lo que está sucediendo porque hemos visto imágenes en realidad que no le gustan a nadie
02:00ver como ciudadano, periodista o cualquier profesional o cualquier poblador de nuestro país en el Ministerio Público que dos fiscales estén arranchándose el cargo.
02:12Bien, bueno, le agradezco mucho la pregunta.
02:18Lo primero que tengo que decir es que yo discrepo respetuosamente del doctor Aldo Vázquez, creo que su apreciación es equivocada.
02:29Me parece a mí que la decisión de la Junta Nacional de Justicia es una decisión histórica,
02:35porque como lo señala la propia Junta en el Fundamento 47 de su resolución,
02:45la decisión adoptada restablece la juridicidad quebrantada,
02:53reivindica la confianza pública en la función sancionadora o disciplinaria del Estado
03:00y honra el principio de imparcialidad.
03:05Es decir, la propia Junta declara que la decisión anterior quebrantaba la juridicidad,
03:13estaba en contra del auténtico sentido de la decisión disciplinaria del Estado
03:20y que había incurrido en parcialidad.
03:22Y esto es, digamos, para mí muy importante porque quienes observamos lo que ocurrió antes en la Junta
03:31estábamos realmente muy impactados por la forma tan irregular como se procedió con la destitución.
03:39Y por lo tanto es un acto de reivindicación de la propia Junta y de restablecimiento de la justicia.
03:46Creo que he cerrado el argumento de cuestionar la unanimidad.
03:52Todos los magistrados intervinientes en esta decisión votaron en el sentido de declarar de oficio
04:00la nulidad y ordenar que la señora Patricia Benavides fuera repuesta en su cargo.
04:08Pero no fueron los siete, ¿no, doctor?
04:10Si nosotros vamos al artículo, si quisiera terminar con su venia,
04:15vamos al artículo tercero de la parte resolutiva.
04:19Es clara, precisa e inequívoca la Junta al señalar que debe oficiarse a la fiscal de la Nación
04:26para que reponga a la señora Liz Patricia Benavides Vargas en el cargo de fiscal de la Nación.
04:33Es decir, la autoridad competente está ordenando una reposición
04:38y lo que cabe es que la fiscal saliente, Delia Espinosa, como corresponde,
04:45entregue el cargo y cumpla el mandato.
04:48Sin embargo, vemos con sorpresa una actitud inconstitucional
04:54de desacato de un mandato de la autoridad competente
04:58que, lógicamente, afecta la institucionalidad del Ministerio Público.
05:05No hay que olvidar que la Constitución, en su artículo,
05:10y me voy a referir expresamente al número,
05:13el artículo 154 establece las funciones de la Junta.
05:18Y entre esas funciones no solamente está el desnombrar a jueces y fiscales,
05:25fiscalizar su funcionamiento y ratificarlos, sino también destituirlos.
05:30Y cuando la Junta destituye a un funcionario y ella misma,
05:35de oficio en el marco de la Constitución y de la ley,
05:38rectifica esa destitución, pues hay que cumplirla.
05:41Nos guste o no nos guste, en el Estado constitucional los mandatos se cumplen.
05:46Y no entiendo esta actitud de aferrarse al cargo que tiene la doctora Delia Espinosa
05:53de pretender mantenerse en una actitud de flagrancia y de desobediencia
06:01a un mandato del órgano competente.
06:03Doctor, en cuanto a la unanimidad, porque este es un tema
06:08que ha tenido varias interpretaciones por diversos juristas,
06:12quisiera que nos explique, porque nos han dicho que en realidad
06:18debería estar la Junta en pleno, los siete.
06:23Y yo entiendo que usted me está diciendo que solamente los que han intervenido
06:29en esa reunión.
06:31Los que han intervenido han votado unánimemente por la destitución.
06:37Y mire, si no se exigiera la unanimidad, es evidente que si de siete magistrados,
06:46seis opinan por la destitución, es decir, una mayoría hipercalificada.
06:52Y estos órganos se manejan por decisión mayoritaria en la mayoría de sus decisiones.
06:58Y por lo tanto, pretender sostener que si concurrieron seis y los seis votaron,
07:04en el mismo sentido, pretender sostener que no hay unanimidad,
07:08me parece a mí que es inconsistente totalmente, ¿no?
07:11De acuerdo.
07:13Entonces, dice el señor Aldo Vázquez, y me voy a referir a él,
07:20porque él estuvo en el momento de la destitución,
07:23era presidente de la Junta Nacional de Justicia en el momento de la destitución,
07:28él ha dicho que no hay fundamentos jurídicos para reabrir un caso
07:35como el de Patricia Benavides, porque estaba cerrado totalmente.
07:40¿Usted cree que hay estos fundamentos?
07:42Mire, por supuesto, yo creo que el señor Aldo Vázquez no ha leído
07:48con detenimiento, con prolijidad y con objetividad esta resolución.
07:55Y lo entiendo porque él fue partícipe de una irregular destitución
08:00y de un acto arbitrario que protagonizó con los colegas del anterior colegiado.
08:06Pero si usted hace un análisis de esta resolución, verá cómo,
08:11en primer lugar, la Junta Nacional de Justicia justifica el porqué
08:17actúa de oficio habiéndose detectado una situación sumamente grave
08:23y sumamente irregular que ella misma califica como la aplicación
08:28de un patrón objetivo de parcialidad.
08:32Es decir, la imparcialidad que es inherente a la función pública,
08:38sobre todo en el área sancionatoria, fue quebrantada totalmente
08:43porque la instructora de este proceso y la promotora de este proceso
08:49fue la doctora Inés Tello de Ñeco, que había sido ya destituida
08:54por el Congreso y que se encontraba totalmente descalificada
08:59en virtud de los enfrentamientos que había tenido con el propio
09:04Ministerio Público, con la doctora Patricia Benavides.
09:07Y entonces aquí se desagrega fecha por fecha y acto por acto
09:13cómo en una sucesión de celeridad inusitada se viola la imparcialidad
09:21y se actúa con una direccionalidad y una orientación
09:26en el menor tiempo posible despojar de su cargo a quien legítimamente
09:31lo venía detentando.
09:33Y por lo tanto, creo yo que se trata de una decisión que invito a leerla
09:39con detenimiento, en forma muy puntual y muy clara, de vela como el anterior
09:46colegiado, en una decisión que debe ser investigada y debe motivar
09:52las decisiones correspondientes, porque esto no puede quedar en el territorio
09:56de la impunidad, violó la imparcialidad y cometió un abuso, un exceso
10:03que significó la destitución de una funcionaria que había sido, digamos, elegida
10:10por la Junta de Fiscales Supremos en ejercicio de sus competencias.
10:16Doctor, ¿quién tiene que dirimir? Porque en este momento hay dos personas
10:21que definitivamente están pretendiendo el mismo cargo.
10:27Exitosa.
10:28Mire, para mí la situación es clara.
10:31La actual fiscal de la Nación es por mandato de la Junta la señora Patricia Benavides.
10:37La señora Delia Espinosa está usurpando un cargo después de esta decisión,
10:45porque ya ha dejado de ser fiscal de la Nación.
10:48Y lo que tiene que hacer la Junta Nacional de Justicia es requerir el cumplimiento
10:54bajo el apoyo de la fuerza pública.
10:57Y debe brindarse a la señora Patricia Benavides la fuerza pública para que la Policía Nacional
11:03saque a quien está indebidamente en posesión del cargo y se restablezca el orden de las cosas.
11:10En un Estado constitucional tenemos que acostumbrarnos a respetar y cumplir
11:17los mandatos de las autoridades competentes.
11:20Como repito, nos guste o no nos guste.
11:22Pero así es el Estado constitucional y cada autoridad debe ser respetada
11:27en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales.
11:31Muy bien, permítame cambiar de tema porque me gustaría hablar con usted también
11:36lo que se ha conocido hoy día en el Congreso de la República
11:39desde la Comisión de Fiscalización.
11:42Hay un informe final que concluye que Dina Boluarte,
11:45muchísimas gracias,
11:47estuvo incapacitada para ejercer el cargo tras las cirugías.
11:52Hay un lapso entre el 28 de junio hasta el 4 de julio y que en realidad,
12:02según la Comisión, para ellos se trata de un abandono del cargo.
12:09Y que esto, la Comisión propone evaluar las infracciones que cometió y la vacancia presidencial.
12:17¿Usted qué piensa de esto, la omisión de sus deberes al no informar al Congreso sobre su intervención?
12:26Bueno, yo discrepo con la posición adoptada por la instancia respectiva del Congreso de la República
12:34que usted menciona, porque en primer lugar no existe obligación para un presidente
12:41cuando asiste a realizar actos relacionados con su salud a una clínica
12:49de estar informando al Congreso de la República.
12:53no está acreditado que ella haya estado en abandono del cargo
12:58si se hace un análisis detallado de los días en que estuvo en tratamiento
13:05y además de lo que ha dicho el médico tratante,
13:08en ningún momento ha señalado que ella estuvo privada del discernimiento
13:12e impedida de poder firmar documentos
13:15y de poder seguir dando las directivas propias de la Presidencia de la República.
13:21Además, hay un acto muy importante que el Ministerio Público omitió.
13:29Se ordenó una pericia de todas las firmas de la Presidenta Dina Boluarte
13:35consignadas en los 91 documentos que firmó durante el periodo cuestionado
13:41y esa pericia determina que todas las firmas son verdaderas.
13:48Sin embargo, esa pericia no la remitió el Ministerio Público al Congreso de la República,
13:57omitió remitirla.
13:59Y en esa pericia, el perito nombrado por la propia autoridad del Ministerio Público
14:07determina que las firmas son verdaderas.
14:10Entonces, ¿de qué estamos hablando?
14:12Yo creo que en realidad se trata simplemente de insistir en una situación
14:17que tiene ya seis casos anteriores en los cuales se ha archivado pedidos de vacancia
14:23y no obstante que ya existe la convocatoria a las elecciones
14:27y debemos estar concentrados en eso.
14:30Hay un grupo de personas que pretenden y siguen en el empeño
14:35de querer destituir o sacar del cargo a la Presidenta de la República.
14:40Yo creo que evaluando con objetividad
14:42no existen elementos suficientes que lleven a esa decisión.
14:46Doctor, justamente las firmas.
14:50Las firmas, es verdad que ayer yo escuchaba o leía el tuit
14:54de Juan Carlos Portugal, abogado de la Presidenta de la República
14:58y decía lo que usted está citando,
15:00que hay un peritaje de parte de la Fiscalía de la República
15:05que daba cuenta de que todas las firmas de la Presidenta
15:09eran del puño gráfico de la Presidenta de la República.
15:14Sin embargo, hay un peritaje de parte del doctor Cavani
15:19y el doctor Cavani tiene un peritaje donde uno de estas resoluciones
15:26de gobierno, lamentablemente no son un decreto supremo,
15:32no corresponde al puño gráfico de la Presidenta de la República
15:37y él lo ha expuesto como prueba en la Comisión de Fiscalización.
15:42Bueno, se trata de dos situaciones distintas.
15:48Si vamos al análisis de las pericias,
15:52usted podrá observar que en el caso de la pericia del doctor Cavani
15:56solamente se han tenido en cuenta tres documentos,
16:00uno en original y dos en fotocopias.
16:02Sin embargo, en la pericia que ordenó el propio Ministerio Público,
16:07se han tenido en cuenta las 91 firmas y una serie de documentos adicionales
16:12firmados en original por la Presidenta.
16:15Y aquí yo podría determinar que la Fiscalía misma,
16:21en el análisis y en el examen que hizo a través de un perito,
16:27determinó que las firmas de la Presidenta en las diversas normas que ésta firmó
16:32son auténticas y le corresponden a su puño gráfico.
16:37Pero aquí hay un hecho sumamente grave que debemos tener en cuenta
16:41y debe motivar una investigación ulterior.
16:45¿Por qué la fiscal de la señora Delia Espinosa
16:50no remitió al Congreso de la República
16:54esa pericia que se había hecho en el propio Ministerio?
16:58Ha sido alcanzada posteriormente y parece que no la han tomado en cuenta
17:03los señores congresistas.
17:04Entonces, ¿cómo puede decirse que ha habido una falsificación de la firma?
17:10Es más, quien puede ser agraviada por una firma falsa
17:16es la autora de la firma.
17:17Pero acá estamos en la tesis del absurdo más grande.
17:21Porque la Presidenta de la República señala expresamente
17:24que ella sí firmó esos documentos, que esa es su firma.
17:30Entonces, ¿qué estamos discutiendo?
17:32Si la autora de las firmas sostiene que es su firma
17:35y que ella firmó de su puño y letra.
17:38¿De qué estamos hablando?
17:39Estamos armando un castillo de naipes
17:42con una argumentación inconsistente, totalmente gaseosa,
17:48para simplemente armar un problema
17:50a la Presidenta de la República
17:52y seguir en este empeño de desestabilizar al gobierno.
17:56Lo cual a mí me parece sumamente criticable.
17:59Y me refiero a quienes realizan todas estas imputaciones
18:03a pesar de que las mismas carecen de fundamento sólido.
18:08Muchísimas gracias, doctor Ernesto Blume,
18:11por estar aquí en Éxitosa.
18:13Y ya sabemos que a la Presidenta de la República,