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  • 23/5/2025
Si bien la elección del Poder Judicial fue declarada como un proceso extraordinario, especialistas en derecho laboral coinciden en que no es un argumento suficiente para asumir que el 1 de junio no es un día de descanso obligatorio.

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Transcripción
00:00Las elecciones del Poder Judicial que se desarrollarán el 1 de junio van más allá de lo electoral,
00:05tienen un componente laboral y ya es una duda común en la comunidad de recursos humanos,
00:10si se trata o no de un día de descanso obligatorio para los trabajadores.
00:14El 1 de junio no está reconocido textualmente en la Ley Federal del Trabajo como descanso obligatorio,
00:19pero la legislación laboral sí contempla como feriado el día en que se realizan las jornadas electorales.
00:25¿Por qué hay dudas este año?
00:26El Instituto Nacional Electoral calificó como extraordinario el proceso electoral del Poder Judicial a través del Acuerdo INSG 2358-2024.
00:36Esa palabra ha sido el argumento interno para que algunas empresas asuman que el 1 de junio no es festivo.
00:42Sin embargo, especialistas en derecho laboral consideran que no es un argumento sólido.
00:47¿Qué implica que el 1 de junio sea día de descanso?
00:49Al considerarse el 1 de junio como día de descanso obligatorio, hay dos escenarios para las empresas.
00:55El primero y quizá más sencillo es otorgar el día libre a sus trabajadores con goce de sueldo.
01:00Pero en medio de la incertidumbre hay una certeza en la que también coinciden los especialistas.
01:05Se considera un día de descanso, los empleadores tienen la obligación de permitir que los empleados ejerzan su voto.
01:11La Ley Federal del Trabajo contempla una sanción de entre 5.675 y 169.710 pesos
01:18para los centros laborales que no permitan a las personas ejercer su voto.
01:22Esta multa puede aplicarse por cada trabajador afectado.

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