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Elección de jueces, ministros y magistrados, contemplada para el 1 de junio
Milenio
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7/10/2024
Godoy recordó que la elección de jueces, magistrados y ministros está contemplada para el 1 de junio y se realizará por voto directo.
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00:00
El día de hoy queremos presentar
00:07
el contenido de las leyes que
00:09
está la presidenta enviando el
00:12
día de hoy al Senado de la
00:15
República como Cámara de Origen
00:19
para continuar trabajando y
00:22
dando información y certeza de
00:25
lo que será la elección de los
00:27
jueces en la elección
00:29
en el año 2025. Está la
00:32
presidenta enviando la
00:34
iniciativa de reformas a la Ley
00:37
General de Instituciones y
00:39
Procedimientos Electorales y la
00:41
Ley General del Sistema de
00:43
Medios de Impugnación en
00:45
materia electoral. El objetivo
00:47
es que se garanticen los
00:49
principios rectores en cada una
00:51
de las etapas del proceso
00:53
electoral para los cargos de
00:55
elección del Poder Judicial,
00:58
garantizar legalidad, certeza,
01:00
imparcialidad, objetividad, y
01:03
transparencia, y a la vez, con
01:05
los medios de impugnación,
01:07
garantizar la tutela efectiva
01:09
durante el proceso electoral.
01:13
De manera general, se establece
01:16
en estas reformas, estos temas,
01:19
en las disposiciones generales,
01:21
¿A quién vamos a elegir en el
01:24
país? Vamos a elegir a los
01:26
magistrados de la corte de
01:29
justicia, a magistrados del
01:31
tribunal electoral, esta vez,
01:33
los que se encuentran vacantes,
01:37
a los magistrados del tribunal
01:40
de disciplina judicial, a los
01:42
magistrados de los tribunales
01:44
colegiados de circuito y
01:46
tribunales colegiados de
01:48
apelación, a los jueces
01:50
integrantes de los juzgados de
01:52
distrito del Poder Judicial de
01:54
Colombia, y personas
01:56
magistradas y jueces de los
01:58
poderes judiciales estatales
02:01
cuando las legislaturas
02:04
estatales hayan armonizado sus
02:07
constituciones, pero serán en
02:09
la misma elección de junio del
02:12
del próximo año. Lo haremos por
02:15
mayoría y por voto directo de la
02:18
ciudadanía. ¿Cuándo vamos a
02:20
elegir hacer esta elección? El
02:22
primero de junio de el dos mil
02:26
veinticinco. El Instituto
02:28
Nacional Electoral y los
02:30
organismos públicos locales para
02:32
lo que tiene que ver con local
02:34
serán quienes organizarán el
02:37
proceso. Estamos previendo en
02:40
esta modificación un libro único
02:43
para todo el tema de la
02:46
elección de los juzgadores. Por
02:49
ejemplo, se han previsto todo
02:52
las etapas del proceso, la
02:54
preparación de la elección, la
02:56
convocatoria y postulación de
02:58
candidaturas, la jornada
03:00
electoral de una manera muy
03:02
muy es desmenuzada, cómputos y
03:05
sumatoria, la asignación de
03:07
cargos, y la calificación y y la
03:10
declaración de validez. En
03:13
cuanto a la convocatoria y
03:14
postulación de las candidaturas,
03:16
el Senado de la República
03:18
presentará la convocatoria
03:20
general a los tres poderes de la
03:22
unión para integrar el listado
03:25
de las candidaturas. Esta
03:27
convocatoria no podrá establecer
03:30
requisitos adicionales para
03:32
postularse a los diferentes
03:34
cargos, ni para la integración y
03:37
funcionamiento de los comités
03:39
de evaluación. La ciudadanía
03:42
tiene derecho a participar en
03:44
igualdad de condiciones, los
03:47
comités de evaluación estarán
03:49
abiertos, transparentes,
03:51
inclusives, inclusivos,
03:53
accesibles, y deberán
03:55
garantizar la participación de
03:57
todas las personas interesadas
04:00
que cumplan con los requisitos.
04:02
Cada poder de la unión
04:04
instalará un comité de
04:06
evaluación que estarán
04:07
conformados por cinco personas
04:09
de reconocido prestigio en la
04:11
actividad jurídica observando
04:14
Los comités publicarán entre
04:16
los quince días naturales
04:18
posteriores a su integración
04:20
convocatorias para participar
04:22
en el proceso de evaluación y
04:25
selección de las postulaciones.
04:28
Concluido este paso, el plazo
04:31
para inscribirse en la
04:33
convocatoria, los comités
04:35
publicarán la lista de las
04:37
personas aspirantes que hayan
04:39
reunido todos los requisitos
04:41
constitucionales de elegibilidad
04:43
Los comités procederán a
04:46
calificar la idoneidad de los
04:48
perfiles para desempeñar el
04:50
cargo. Para ello, podrán tomar
04:53
en cuenta perfil curricular,
04:55
así como antecedentes
04:57
profesionales y académicos.
05:00
Entre otros, los que determine
05:02
cada comité para valorar su
05:05
honestidad y buena fama
05:08
pública. Los comités
05:11
realizarán entrevistas
05:14
públicas a las personas
05:16
aspirantes que califiquen más
05:18
idóneas a efecto de evaluar su
05:21
competencia y sus
05:23
conocimientos técnicos. Se
05:25
establece aquí la posibilidad
05:27
de que los comités realicen
05:30
convenios con instituciones,
05:32
universidades, para que puedan
05:35
auxiliarles. Los aspirantes
05:38
podrán participar de manera
05:40
simultánea en dos o más
05:44
convocatorias emitidas por los
05:46
poderes para el mismo cargo y
05:49
circuito judicial o
05:51
circunscripción pluriluminal.
05:55
Los comités seleccionarán los
05:59
perfiles mejor evaluados en una
06:02
de una manera en que diez van a
06:06
ser elegidos por cada cargo para
06:09
el cargo de en esta primera de
06:12
magistrado electoral vacantes y
06:15
diez para magistrados del
06:17
tribunal de disciplina judicial.
06:20
Dos serán por cada cargo para
06:24
magistrados colegiados de
06:26
circuito y jueces de distrito.
06:30
Concluido esto, emitirán las
06:32
listas a cada poder de la unión
06:34
para que determinen su
06:35
conformidad. Una vez que se
06:38
determinen su conformidad, sobre
06:40
los listados, serán devueltos
06:43
para que mediante la
06:45
ensaculación pública de esos
06:47
diez y de esos dos por cargo
06:51
queden tres por cada cargo de
06:55
ministro, magistrado electoral,
06:57
y magistrados del tribunal de
06:59
disciplina judicial. Y dos por
07:03
cada cargo a magistrados
07:05
colegiados de circuito y jueces
07:09
de distrito. Los listados serán
07:11
aprobados por los poderes de la
07:13
unión y serán remitidos al
07:16
Senado de la República a más
07:18
tardar el primero de febrero.
07:20
Si no se remiten las
07:22
postulaciones al término del
07:24
plazo previsto en la
07:25
convocatoria, ya no se podrán
07:29
realizar posteriormente. El
07:32
Senado de la República
07:33
tiene el paso automático de las
07:35
personas juzgadoras que estén en
07:38
funciones, tienen el pase
07:40
automático, exceptuando aquellas
07:43
que hayan manifestado ante el
07:45
Senado la declinación de su
07:48
candidatura dentro de los treinta
07:51
días posteriores a la
07:52
publicación de la convocatoria o
07:54
a quienes hayan sido postulados
07:56
para un cargo o circuito
07:58
judicial diferente al que les
08:02
corresponde. Al INE le
08:05
corresponde aprobar el modelo
08:07
de la boleta, la documentación,
08:09
y materiales electorales,
08:11
administrar y distribuir el
08:13
tiempo que corresponda al estado
08:15
en radio y televisión, y emitir
08:18
reglas y pautas para garantizar
08:20
este derecho. También le
08:22
corresponde organizar y
08:24
desarrollar foros de debate
08:27
entre las personas candidatas y
08:29
establecer las bases para que
08:31
las organizaciones del sector
08:33
público, privado, o social
08:35
brinden espacios de manera
08:37
gratuita garantizando
08:40
condiciones de equidad. Deben
08:42
vigilar que ninguna persona
08:44
reciba financiamiento público o
08:47
privado en sus campañas. Debe
08:50
determinar los topes máximos de
08:53
gastos personales de campaña y
08:55
las reglas de fiscalización.
08:57
Debe garantizar que ninguna
08:59
persona candidata contrate por
09:02
sí o por terceras personas
09:04
espacios en radio y televisión,
09:06
internet, o cualquier medio de
09:09
comunicación para promocionarse.
09:12
Debe supervisar que ningún
09:14
partido político o persona
09:15
servidora pública realice actos
09:18
de proselitismo o
09:21
posicionamiento a favor o en
09:23
contra de candidatura alguna. En
09:26
relación a la propaganda y los
09:28
candidatos podrán difundir su
09:32
trayectoria profesional, méritos,
09:35
visiones, acerca de la función
09:37
jurisdiccional, y la impartición
09:39
de justicia, así como sus
09:41
propuestas de mejora, o alguna
09:44
otra manifestación amparada bajo
09:46
el derecho de la libertad de
09:49
expresión. Queda prohibido
09:51
cualquier entrega de material
09:53
utilitario, a excepción de
09:55
material gráfico. Podrán hacer
09:57
uso de redes sociales o medios
10:00
digitales para promocionar sus
10:03
candidaturas siempre que no
10:05
implique erogaciones o potenciar
10:08
o amplificar sus contenidos.
10:11
Solo quiero dejar las fechas más
10:15
relevantes para esta elección
10:17
extraordinaria. En las
10:20
modificaciones que está enviando
10:22
la presidenta es lo que va a ser
10:25
en los en los artículos
10:28
transitorios, la regulación de
10:31
lo que es la elección de dos mil
10:34
veinticinco. Está el dieciséis
10:37
de octubre, el Senado emitirá la
10:39
convocatoria general. El treinta
10:42
y uno se instalarán los comités
10:45
de evaluación. El cuatro de
10:47
noviembre se publicará la
10:49
convocatoria para la ciudadanía
10:51
de esos comités. El veinticuatro
10:54
se realizará la prescripción de
10:57
aspirantes. El quince de
11:00
diciembre, verificar los comités
11:03
verificarán los requisitos de
11:05
elegibilidad. El treinta y uno
11:07
de enero de dos mil veinticinco
11:09
se realizarán por parte de los
11:11
comités, entrevistas, y se
11:14
seleccionarán los finalistas. El
11:17
cuatro de febrero, los poderes
11:19
determinarán la conformidad de
11:23
los comités. El cinco de
11:26
febrero, los comités
11:29
insacularán en sesión pública,
11:32
abierta, y difundida, depurarán
11:35
los listados. El siete de
11:37
febrero, se aprueban los los
11:40
listados, y se remitirán al
11:42
Senado. El doce de febrero, el
11:45
Senado integra, revisa, y remite
11:49
el listado al INE, y el INE
11:52
integra de toda la organización
11:56
de la elección, el primero, el
11:59
primero de junio, donde nos
12:01
darán a conocer con el tiempo
12:03
suficiente, cómo vamos a votar,
12:05
dónde vamos a votar. Solo
12:07
comentarles que estaremos
12:09
haciendo la elección de a nivel
12:12
nacional, de ministros, del
12:15
tribunal, de disciplina, y de
12:18
las vacantes del tribunal
12:20
el cincuenta por ciento de los
12:24
que son ya por circuitos
12:26
judiciales de magistrados y
12:29
jueces. En el caso de los
12:32
organismos tribunales locales,
12:35
ellos lo definirán en la
12:37
modificación que harán en su
12:39
constitución, pero todos
12:41
deberemos de haber terminado
12:43
esta elección para la elección
12:45
del año de dos mil veintisiete.
12:48
Gracias, presidenta.
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