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TSJ certificó resultado electoral
Venezolana de Televisión (VTV)
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22/8/2024
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00:00
Muy buenas tardes, así es,
00:04
iniciamos esta transmisión desde
00:05
la sede principal del Tribunal
00:07
Supremo de Justicia, donde el
00:09
día de hoy, la sala electoral
00:10
del máximo ente judicial se va
00:12
a pronunciar para informar al
00:13
país en los avances de la
00:15
investigación del recurso
00:16
contencioso electoral
00:17
interpuesto por el presidente
00:18
de la República Bolivariana de
00:20
Venezuela, Nicolás Maduro
00:21
Moros, para que justamente esta
00:23
sala electoral verificara la
00:24
transparencia de los resultados
00:26
electorales del pasado veintiocho
00:28
el día de hoy en esta
00:29
comparecencia, en este
00:30
pronunciamiento que hará el
00:32
Tribunal Supremo de Justicia,
00:33
el cuerpo diplomático acreditado
00:35
en nuestro país, representantes
00:38
de organizaciones internacionales,
00:39
medios de comunicación
00:41
nacionales e internacionales, y
00:42
representantes del Poder Moral
00:44
y Electoral. En este momento,
00:45
ya se encuentran dentro de la
00:47
sala, los magistrados
00:49
del Tribunal Supremo de Justicia.
00:52
...desde alto tribunal, y el
00:54
magistrado Inocencio Figueroa,
00:56
integrante de la sala electoral
00:58
de este alto tribunal.
01:00
Pueden tomar asiento.
01:02
Ya fueron anunciados, una vez
01:04
que ingresaron a la sala
01:05
electoral los magistrados, la
01:07
doctora Beatriz Rodríguez,
01:09
Fanny Márquez, e Inocencio
01:10
Figueroa. Vamos a seguir
01:12
escuchando.
01:13
A continuación, palabra de la
01:14
magistrada Carisla Beatriz
01:16
Rodríguez Rodríguez, presidenta
01:18
del Tribunal Supremo de Justicia,
01:20
y presidenta de la sala electoral.
01:27
Buen día para todas y todos.
01:31
Comienzo agradeciendo su
01:33
presencia, y el que hayan
01:35
atendido a la nuestra invitación.
01:38
Excelentísimos señores
01:40
embajadores, honorables
01:42
encargados de negocios,
01:44
organismos internacionales, y
01:47
representantes del cuerpo
01:48
diplomático acreditado en la
01:50
República Bolivariana de
01:52
Venezuela.
01:54
Doctor Tarek Williams,
01:58
presidente del Consejo Moral
02:00
Republicano, y fiscal general
02:02
de la república. Doctor Elvis
02:04
Amoroso, presidente del Consejo
02:07
Nacional Electoral. Doctor
02:12
Alfredo Ruiz, defensor del
02:14
pueblo. Ciudadano Iván Gil,
02:16
ministro del Poder Popular para
02:18
las relaciones exteriores.
02:20
Doctor Reinaldo Muñoz,
02:22
procurador general de la
02:23
república. Ciudadanos,
02:27
rectores, y rectoras
02:29
principales y suplentes del
02:31
Consejo Nacional Electoral.
02:33
Ciudadanos, viceministros del
02:36
Ministerio del Poder Popular
02:38
para las relaciones exteriores.
02:40
Distinguidos representantes de
02:44
los medios de comunicación
02:45
social. Señoras y señores.
02:49
Hoy, veintidós de agosto, los
02:57
hemos convocado a la sede del
02:59
Poder Judicial para compartir
03:01
información de interés y
03:03
atención nacional. Quiero
03:06
aprovechar estas breves
03:07
palabras para agradecer a todo
03:10
el personal técnico que
03:12
participó en estas exhaustivas
03:15
y largas jornadas de peritaje
03:18
judicialismo, entrega, y el
03:20
apoyo demostrado, así como el
03:23
alto nivel técnico exhibido por
03:26
los expertos nacionales e
03:28
internacionales. Siguiendo el
03:32
legado del libertador Simón
03:35
Bolívar, el poder constituyente
03:37
originario dio nacimiento al
03:40
denominado poder electoral para
03:45
constitucionalizar la
03:48
trascendencia de la opinión
03:50
ciudadana en los asuntos
03:52
públicos y en la elección de
03:54
los cargos de representación
03:56
popular. Además, creo la sala
04:00
electoral en el más alto
04:02
tribunal de la república como
04:05
instancia para dirimir
04:07
controversias electorales. El
04:12
considera oportuno reiterar el
04:17
compromiso y la voluntad ante
04:19
el pueblo venezolano de impartir
04:22
justicia para garantizar la paz
04:25
y la tranquilidad de la
04:27
república. Por lo que nada nos
04:31
detendrá en nuestra sagrada
04:35
misión. en función de lo cual
04:41
que decide y concluye de manera
04:46
definitiva el recurso
04:48
contencioso electoral de la
04:50
elección presidencial celebrada
04:52
el veintiocho de julio del
04:55
presente año por lo que paso a
05:01
leer la decisión
05:04
decisión por los motivos
05:07
anteriormente expuestos esta
05:09
sala electoral del Supremo de
05:12
Justicia administrando justicia
05:14
en nombre de la República
05:16
Bolivariana de Venezuela por
05:19
autoridad de la ley declara
05:23
primero se ratifica la
05:25
competencia de esta sala
05:27
electoral toda vez que fue
05:29
interpuesto un recurso
05:30
contencioso electoral para que
05:33
este órgano iniciara un proceso
05:35
judicial de investigación y
05:39
ratificar de manera irrestricta
05:42
e inequívoca los resultados del
05:45
proceso electoral realizado el
05:47
veintiocho de julio del dos mil
05:49
veinticuatro de lo que se
05:52
desprende la vinculación directa
05:54
de esta acción con tal proceso
05:57
comercial en congruencia con el
05:59
artículo doscientos noventa y
06:01
siete de la Constitución de la
06:03
República Bolivariana de
06:05
Venezuela y el numeral primero
06:07
de la Constitución orgánica del
06:09
Tribunal Supremo de Justicia
06:11
que le atribuye a este órgano
06:14
control judicial de las
06:16
actuaciones u omisiones de los
06:19
agentes que intervinieron en el
06:20
referido hecho electoral y ante
06:23
la solicitud de tutela judicial
06:26
sobre el derecho al sufragio de
06:28
todas las electoras y electores
06:30
de la república valga decir en
06:33
salvaguarda de la soberanía
06:36
se ha podido verificar cuál ha
06:39
sido la voluntad del electorado
06:42
en los comicios de mayor
06:44
trascendencia nacional como son
06:47
los de la presidencia de la
06:49
república en los cuales se
06:52
evidenció un ataque cibernético
06:54
masivo contra el sistema
06:56
electoral lo que resultó en una
06:59
evidente trasgresión al poder
07:03
en sí mismo resulta oportuno
07:07
indicar que tal competencia la
07:09
ejerce este órgano judicial ante
07:12
las razones que inspiraron la
07:14
creación tanto del poder
07:16
electoral como de esta
07:18
jurisdicción para cimentar y
07:20
fortalecer la cultura electoral
07:23
como medios novedosos puestos a
07:26
disposición de la ciudadanía
07:28
instrumentos para que el estado
07:30
le garantice su protagonismo tal
07:32
como ha sucedido en
07:35
jurisprudencia reiterada de esta
07:38
sala electoral más allá de
07:41
nuestras fronteras examinando el
07:43
derecho comparado en situaciones
07:45
semejantes en procesos
07:47
comisiales para la elección del
07:49
presidente de la república o
07:51
jefes de estado otras naciones
07:54
en el ejercicio soberano de su
07:56
jurisdicción han emitido
07:58
pronunciamiento sobre las
08:01
elecciones electorales como ha
08:03
sido el caso de los Estados
08:05
Unidos mexicanos cuya sala
08:07
superior del tribunal electoral
08:09
del Poder Judicial de la
08:11
Federación emitió dictamen
08:13
relativo a los resultados de la
08:15
elección del catorce de agosto
08:17
del dos mil veinticuatro
08:20
declarando la validez de las
08:22
elecciones presidenciales
08:24
garantizándose por esta vía la
08:29
de igual manera ocurrió en el
08:32
último proceso de elección
08:34
presidencial realizado en la
08:36
república federativa de Brasil
08:38
el treinta de octubre del dos
08:40
mil veintidós en cuyo desarrollo
08:42
se presentaron denuncias
08:44
referidas a un supuesto fraude
08:46
electoral que ameritaron la
08:48
intervención del tribunal
08:50
superior electoral del referido
08:52
país como máxima autoridad en
08:55
materia contencioso electoral el
08:57
tribunal se tomó decisiones
08:59
para recuperar la tranquilidad
09:01
social derrotando las
09:03
intenciones de provocar una
09:05
crisis en dicho país asimismo
09:08
en las elecciones para el
09:10
presidente de los Estados Unidos
09:12
de América del año dos mil
09:14
donde se adversaban los entonces
09:17
candidatos Al Gore y George
09:20
Bush el resultado fue
09:22
controvertido situación que fue
09:24
resuelta por la corte suprema
09:27
tales antecedentes dejan claro
09:30
que ante la existencia de
09:32
controversias suscitadas en
09:34
elecciones presidenciales los
09:36
tribunales de justicia con
09:38
competencia en materia electoral
09:40
constituyen en el mundo la
09:43
última instancia para su
09:45
resolución como garantes del
09:47
estado de derecho y de la
09:49
democracia constitucional
09:52
segundo que el Consejo Nacional
09:55
de la República de Ecuador y
09:57
máxima autoridad del poder
09:59
electoral en la República
10:01
Bolivariana de Venezuela en
10:03
fecha cinco de agosto del dos
10:06
mil veinticuatro compareció con
10:09
los rectores y rectoras
10:11
principales encabezados por su
10:14
presidente doctor Elvis Eduardo
10:17
y Drogo Abomoroso dando
10:19
cumplimiento a cabalidad con el
10:22
requerimiento formulado por esta
10:25
tribunal supremo de justicia al
10:29
consignar oportuna y legalmente
10:32
todo el material electoral
10:34
vinculado a la elección
10:35
presidencial celebrada el
10:37
veintiocho de julio del dos mil
10:39
veinticuatro excepto por el
10:42
rector Juan Carlos del Pino
10:45
quien no acudió ante este el
10:47
más alto tribunal de la
10:49
República Bolivariana de
10:52
su ausencia
10:56
que habiendo sido citados para
10:59
los días siete, ocho, y nueve de
11:02
agosto del dos mil veinticuatro
11:04
acudieron oportunamente los
11:07
treinta y ocho partidos
11:09
políticos postulante y de esos
11:12
treinta y ocho solo consignaron
11:14
treinta y tres de ellos el
11:16
material electoral requerido los
11:20
tres tribunales a mencionar
11:24
Primero Venezuela, Movimiento
11:26
Primero Justicia, Unidad,
11:29
Visión Venezuela, Venezuela
11:31
Unidad, Acción Democrática,
11:33
Copey, Movimiento Republicano,
11:36
Bandera Roja, Derecha
11:38
Democrática Popular, Unión
11:40
Nacional Electoral, Voluntad
11:42
Popular, Asamblea de Renovación
11:44
y Esperanza para el país,
11:46
Esperanza por el cambio,
11:48
Unidad, Cambiemos Movimiento
11:52
Ciudadano, Avanzada
11:54
Progresista, Movimiento
11:55
Ecológico de Venezuela, Fuerza
11:58
Vecinal, Confederación Nacional
12:00
Democrática, Partido Socialista
12:02
Unido de Venezuela, Tupamaro,
12:05
Patria para todos, Movimiento
12:07
Somos Venezuela, Organización
12:10
Renoveadora Auténtica por la
12:12
Democracia Social, Partido
12:14
Verde de Venezuela, Enamórate
12:16
Instituto Electoral del Pueblo,
12:18
Partido Futuro de Venezuela,
12:20
Partido Comunista de Venezuela,
12:22
Unidad Popular Venezolana y
12:25
Alianza para el Cambio. Igual
12:27
manera que de los diez ex
12:29
candidatos citado, acudieron
12:31
nueve de ellos a saber. Los
12:34
ciudadanos, Antonio Ecarri,
12:36
Enrique Márquez, José Brito,
12:38
Luis Eduardo Martínez, Daniel
12:41
Ceballos, Javier Bertucci,
12:43
Claudio Fermín, Benjamín
12:45
López, y el presidente Nicolás
12:48
Maduro Muros. Se hace constar
12:52
expresamente que los partidos
12:55
políticos, la alianza del lápiz
12:57
y partidos centrados en la
12:59
gente, no consignaron el
13:01
material electoral requerido,
13:03
así como tampoco lo hicieron los
13:05
ex candidatos Antonio Ecarri y
13:09
Enrique Márquez. En
13:12
concreto, decide que todo el
13:16
material electoral consignado
13:19
por el Consejo Nacional
13:21
Electoral, y los partidos
13:23
políticos, queda en resguardo
13:26
de esta sala electoral del
13:28
Tribunal Supremo de Justicia.
13:31
Tercero, que el ex candidato
13:34
Edmundo González Urrutia, no
13:37
asistió a ninguna de las fases
13:39
de este proceso al cual fue
13:41
presentado. Por tanto, no cumplió
13:44
con la orden de esta, la más
13:46
alta instancia de la juridicción
13:49
contencioso electoral de la
13:51
República Bolivariana de
13:53
Venezuela, ni con la
13:55
consignación de las actas de
13:57
escrutinios, el listado de
13:59
testigos, ni material electoral
14:02
alguno. En consecuencia,
14:05
desacató el mandato en franco y
14:09
judicial, demostrando su
14:12
renuencia a ceñirse al orden
14:14
constitucional, conducta que
14:17
acarrea las sanciones previstas
14:19
en el ordenamiento jurídico
14:21
vigente. Que los ciudadanos,
14:24
Manuel Rosales, representante
14:26
de Un Nuevo Tiempo, José Luis
14:28
Cartaya, representante de la
14:30
mesa de la unidad democrática, y
14:33
José Simón Calzadilla,
14:35
representante de Movimiento de
14:37
Votos, miembros de la alianza
14:41
Plataforma Unitaria Democrática
14:44
y postulante del excandidato
14:47
Edmundo González Urrutia, no
14:50
consignaron material electoral
14:52
alguno, argumentando que no
14:55
poseen ningún tipo de
14:56
documentación referida a este
14:58
proceso electoral. En tal
15:00
sentido, manifestaron que no
15:03
tienen actas de escrutinio de
15:04
los testigos de las mesas, ni
15:06
de los testigos, llegando
15:08
incluso a sostener que no
15:10
participaron en el proceso de
15:12
traslado y resguardo de las
15:14
copias de las actas de
15:15
escrutinios que corresponden a
15:17
sus partidos políticos como
15:19
consta en audio, video, y actas
15:21
de sus comparecencias. Con
15:24
vista al informe definitivo
15:26
presentado el veinte de agosto
15:28
del dos mil veinticuatro por
15:30
los expertos nacionales e
15:32
internacionales, el cual
15:35
presentó pruebas en este
15:38
proceso contencioso electoral
15:41
referido al peritaje exhaustivo
15:45
y detallado en profundidad de
15:47
todo el material consignado por
15:49
el Consejo Nacional Electoral y
15:52
los partidos políticos en
15:55
físico y o digital. Relacionado
15:58
con el proceso de elección
16:00
presidencial celebrado el
16:01
veintiocho de julio del dos mil
16:04
veinticuatro conforme a los más
16:08
altos estándares técnicos
16:10
nacionales e internacionales en
16:13
el cual una vez examinado el
16:15
material recolectado dicho
16:18
informe determinó textualmente
16:22
que abro comillas con base en
16:26
los resultados obtenidos en el
16:28
proceso de peritaje podemos
16:31
concluir que los boletinos
16:33
del Consejo Nacional Electoral
16:36
respecto a la elección
16:38
presidencial dos mil veinticuatro
16:40
están respaldados por las actas
16:43
de escrutinios emitidas por
16:45
cada una de las máquinas de
16:47
votación desplegadas en el
16:49
proceso electoral y asimismo
16:52
estas actas mantienen plena
16:55
coincidencia con los registros
16:58
de las bases de datos de los
17:01
totalización, cierro comilla.
17:07
Quinto, esta sala declara con
17:11
lugar el presente recurso
17:13
contencioso electoral en base al
17:17
peritaje realizado y verificado
17:20
de manera irrestricta e
17:24
inequívoca y con fundamento en
17:26
el informe elaborado por los
17:29
representantes nacionales e
17:32
internacionales altamente
17:34
calificados e idóneos quienes
17:37
garantizaron el máximo nivel de
17:40
excelencia técnico jurídico
17:44
certifica de forma inobjetable
17:47
el material electoral peritado
17:52
y convalida esta sala los
17:55
resultados de la elección
17:57
constitucional de julio del
18:00
dos mil veinticuatro emitidos
18:02
por el Consejo Nacional
18:04
Electoral donde resultó electo
18:07
el ciudadano Nicolás Maduro
18:10
Moros como presidente de la
18:12
República Bolivariana de
18:14
Venezuela para el periodo
18:15
constitucional dos mil
18:18
veinticinco dos mil treinta y
18:21
uno así se decide sexto se
18:25
convirtió el proceso electoral
18:27
a publicar los resultados
18:29
definitivos del proceso
18:31
electoral celebrado el veintiocho
18:33
de julio del dos mil
18:34
veinticuatro para la escogencia
18:36
del presidente de la República
18:38
Bolivariana de Venezuela en la
18:40
gaceta electoral de la
18:42
República Bolivariana de
18:44
Venezuela según lo previsto en
18:46
el artículo ciento cincuenta y
18:49
cinco de la ley orgánica de
18:51
procesos electorales el cual
18:53
se establece textualmente,
18:55
abro comillas, artículos
18:58
ciento cincuenta y cinco, el
19:01
Consejo Nacional Electoral
19:04
ordenará la publicación de los
19:06
resultados de los procesos
19:08
electorales en la gaceta
19:10
electoral de la República
19:13
Bolivariana de Venezuela dentro
19:15
de los treinta días siguientes
19:17
a la proclamación de los
19:19
candidatos electos y las
19:22
abogadas, cierro comillas.
19:26
Séptimo, se remite de manera
19:29
urgente, copia certificada de
19:32
la presente decisión al fiscal
19:35
general de la república,
19:37
ciudadano Tarek William Saad, a
19:39
los fines de que sea
19:41
incorporada a las
19:42
investigaciones de carácter
19:44
penal que sobre los hechos
19:46
irregulares al adelanta esa
19:50
de acuerdo a lo indicado por el
19:53
fiscal general, son para, abro
19:56
comillas, determinar las
19:59
responsabilidades del caso,
20:01
ante la zozobra causada en la
20:03
población por la presunta
20:05
comisión de los delitos de
20:07
usurpación de funciones,
20:09
forjamiento de documento
20:11
público, instigación a la
20:13
desobediencia de las leyes,
20:15
delitos informáticos,
20:18
y conspiración, cierro comillas
20:22
en virtud de los documentos
20:25
presuntamente falsos o forjados
20:28
cargados en la página web
20:31
WWW punto resultados
20:33
presidenciales Venezuela dos mil
20:35
veinticuatro punto com así como
20:39
sobre el ataque cibernético
20:41
masivo denunciado contra el
20:43
sistema electoral venezolano que
20:47
presuntas conductas
20:50
antijurídicas, delitos comunes,
20:52
electorales, y constitucionales
20:55
en contravención del
20:57
ordenamiento jurídico vigente.
21:01
Regístrese y comuníquese,
21:04
cúmplase lo ordenado. Dada
21:08
firmada y sellada en el salón de
21:10
despacho de la sala electoral del
21:12
Tribunal Supremo de Justicia
21:17
dos años doscientos catorce de
21:19
la independencia y ciento
21:21
sesenta y cinco de la
21:23
federación. Magistrados, la
21:25
presidenta, Caricilia Beatriz
21:27
Rodríguez Rodríguez, la
21:29
vicepresidenta, Fanny Beatriz
21:32
Márquez Cordero magistrado
21:37
Inocencio Antonio Figueroa
21:40
Arizaleta, la secretaria Intiana
21:45
y
21:50
las palabras de la magistrada
21:54
Supremo de Justicia una vez que
21:56
ha compartido información
21:58
importante además lo que resultó
22:00
de ese veredicto final de esta
22:01
investigación que realizó la
22:03
sala electoral del Tribunal
22:04
Supremo de Justicia destacaba la
22:06
presidenta del Tribunal Supremo
22:07
de Justicia que con esta
22:09
investigación el TSJ certifica
22:11
los resultados del veintiocho de
22:13
julio en proceso de peritaje y
22:15
verificación de pruebas declara
22:17
este veredicto final donde se
22:19
ratifica además la victoria del
22:21
presidente de la República
22:22
Bolivarana de Venezuela Nicolás
22:23
Maduro Moros en las pasadas
22:25
elecciones del veintiocho de
22:27
julio además también exhortaba
22:29
al Consejo Nacional Electoral a
22:31
publicar los resultados
22:33
definitivos de la elección del
22:35
veintiocho de julio también
22:37
destacaba y hacia un recuento de
22:38
lo que fueron las distintas
22:39
fases de la sala electoral para
22:42
la comparecencia de los ex
22:46
candidatos presidenciales
22:48
destacando la ausencia y el
22:50
desacato o la no comparecencia
22:52
por parte del ex candidato
22:54
presidencial Edmundo González
22:56
Urrutia y también destacaba y
22:58
reiteraba que las distintas
23:00
organizaciones con fines
23:01
políticos que postularon a
23:02
Edmundo González Urrutia en la
23:04
pasada elección presidencial no
23:09
en el momento de la
23:10
comparecencia a esta sala
23:11
electoral del Supremo de
23:13
Justicia no consignaron pruebas
23:15
material probatorio electoral
23:17
que fuese utilizado en esta
23:19
investigación.
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