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Segob hace un repaso de lo que consta la reforma al Poder Judicial en La Mañanera
Milenio
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21/8/2024
Luisa María Alcalde Luján, secretaria de Gobernación, presentó los objetivos de la Reforma al Poder Judicial de un antes y después de lo que constaría con la reforma que propone López Obrador desde febrero.
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Bueno, el presidente ya hizo una introducción bastante clara de la
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importancia tanto de la reforma judicial como del falso debate que se ha venido
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dando alrededor de la supuesta sobre representación, pero es importante porque
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como sabemos esta reforma fue presentada por el presidente el 5 de febrero y se
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está discutiendo hoy en el Congreso. Entonces vamos a hacer un recuento de qué
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significa esta reforma. Entonces hay cuatro elementos principales. El
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primero y quizá el más importante es el método democrático para elegir a
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ministros, magistrados y jueces, que todos podamos votar por jueces, magistrados y
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ministros. Número dos, la creación de un órgano que vigile la actuación de los
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juzgadores. Número tres, que existe evaluación del desempeño de los
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juzgadores. Y número cuatro y importantísimo, todo lo que tiene que
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ver con la austeridad y la transparencia que sabemos es un faltante en el poder
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judicial. Adelante. Respecto al primer tema, la elección
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popular de ministros, magistrados y jueces. ¿Qué tenemos actualmente? Ponemos antes
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porque es antes de la reforma. En realidad es lo que sucede hoy en día. Hoy
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en día los ministros son propuestos por el presidente y son elegidos por o
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seleccionados por el Senado de la República. En el caso de los jueces y los
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magistrados, estos son seleccionados mediante un proceso cerrado de los que
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hacen carrera judicial, o sea, los que pertenecen al poder judicial y dirigidos
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por el personal del poder judicial. Así se eligen actualmente a los jueces,
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magistrados y ministros. ¿Qué propone la reforma? Primer elemento, que todos los
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cargos se elijan por el voto personal libre, directo y secreto de toda la
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ciudadanía, de todas y todos nosotros. Que las convocatorias para poder
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participar y poder ser electo sean abiertas a toda la ciudadanía, todos
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aquellos que cumplan con los requisitos que establece la Constitución, que es
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tener licenciatura en derecho con un promedio mínimo de 8 y 9 en la materia
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para el cual voy a aplicar, es decir, se va a aplicar para ser juez penal en las
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materias de penal, cartas de recomendación de la ciudadanía y ensayos
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que puedan respaldar esta candidatura, que puedan decirnos por qué quieren ser
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juzgadores en nuestro país, comités de evaluación que seleccionan los perfiles
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con la mejor trayectoria y preparación y que destaquen en algo que es
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fundamental, que es su honestidad. Esto es lo que propone la reforma. Número dos,
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un órgano que vigile la actuación de los juzgadores. Hemos hablado mucho de la
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importancia que exista esto, por qué, qué sucede actualmente. Hoy existe el
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Consejo de la Judicatura Federal como un órgano administrativo y también de
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disciplina, pero este Consejo en realidad depende de la Suprema Corte de Justicia
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la Presidenta preside, la Presidenta de la Suprema Corte a su vez, preside el
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Consejo de la Judicatura, entonces es integrado por los mismos miembros del
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Poder Judicial, es juez y parte en esta vigilancia. Facultades muy acotadas,
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porque por esta supuesta libertad de jurisdicción, en realidad es que no se
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puede entrar a evaluar las resoluciones de los juzgadores, no pueden ser
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cuestionadas ni revisadas. Entonces hay sanciones mínimas y excepcionales.
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¿Qué plantea la reforma? La reforma plantea la creación de un Tribunal de
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Disciplina Judicial como una autoridad independiente a la Suprema Corte,
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integrado por magistrados electos por voto popular. Facultades amplias para
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este tribunal para poder investigar la actuación de cualquier juzgador,
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incluyendo que sus resoluciones estén apegadas a derecho. Va a recibir quejas
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de la ciudadanía, quejas de posible corrupción, quejas de parcialidad y va a
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evaluar y investigar a los juzgadores y puede sancionar, incluyendo la
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sustitución, la suspensión o la destitución cuando se demuestren fallas
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graves. Adelante. Por el otro lado, una evaluación del
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desempeño, cómo funciona con los funcionarios públicos. ¿Qué pasa
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actualmente? Una vez ratificados, los jueces y magistrados son inamovibles
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hasta su jubilación o su muerte. Los jueces y los magistrados no tienen en
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realidad la obligación de someterse a evaluaciones periódicas, entonces no
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existen consecuencias, por ejemplo, de algo que también aquí hemos hablado de
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excederse en los plazos máximos, que establece la ley para resolver un
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asunto, que acaba pasando que se mete un asunto en el cajón y se puede dejar ahí
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meses o hasta años sin resolverse. ¿Qué se está planteando actualmente? De entrada,
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que cada nueve años los jueces y los magistrados vuelvan a la boleta. El pueblo
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de México nuevamente va a decidir si han desempeñado bien su trabajo y por ello
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si los ratifica o no mediante el voto popular. Los jueces y magistrados electos
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van a ser evaluados durante su primer año en su encargo y si se detecta que
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hay alguna problemática pueden ser suspendidos o destituidos. Y finalmente,
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algo muy importante, la obligación de dar aviso y justificar demoras procesales,
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pero el Tribunal de Disciplina puede detectar que hubo o que está habiendo
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dilación en la resolución de un proceso y sancionar a estos juzgadores. Adelante.
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Y finalmente, un elemento también importantísimo. Actualmente, a pesar de
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que la Constitución dice que nadie puede ganar más que el presidente, sabemos que
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las ministras y los ministros ganan sueldos elevadísimos por encima de lo
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que establece la Constitución y por encima, por supuesto, de lo que gana el
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presidente. Los ministros también reciben una pensión vitalicia y
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finalmente existen estos famosos fideicomisos y fondos que han sido
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utilizados de manera discrecional. En ese sentido, la reforma al Poder Judicial
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nuevamente, de manera clara para que no haya ningún tipo de interpretación,
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establece que el sueldo máximo es la remuneración del presidente. Nadie del
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Poder Judicial puede ganar más que el presidente. Se eliminan los saberes de
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retiro y los privilegios al concluirse los cargos y se eliminan los
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fideicomisos. Estos deberán reintegrarse a la hacienda pública y, por cierto,
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también la reforma establece que parte de estos fideicomisos serán los que van
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a ayudar a implementar la reforma, es decir, la elección que habremos de vivir
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si esto se aprueba.
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