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Un video impactante muestra a policías de la CDMX realizando actos sexuales en una patrulla. La SSC inició una investigación administrativa. Conoce las normas que no deben infringir y las consecuencias que podrían enfrentar.

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Transcripción
00:00¿Qué sucede cuando quienes deben proteger la ley la infringen de forma inesperada?
00:06Dos elementos de la Policía de la Ciudad de México fueron captados en un video realizando
00:10actos sexuales dentro de una patrulla, lo que llevó a la Secretaría de Seguridad Ciudadana,
00:15SSC, a iniciar una investigación exhaustiva. Este incidente, ampliamente difundido en redes
00:20sociales, ha generado cuestionamientos sobre la adhesión a los protocolos policiales y
00:24la imagen de la institución, llevando a la SSC a declarar cero tolerancia para comportamientos
00:30contrarios a su código de conducta. La SSC ha identificado ambos elementos,
00:36quienes serán citados a declarar como parte de una investigación administrativa a cargo de la
00:41Dirección General de Asuntos Internos. El Protocolo General de Actuación Policial de la SSC enfatiza
00:47que sus miembros deben mantener un comportamiento apropiado tanto en su vida profesional como
00:51privada, siguiendo los principios del Código de Conducta Institucional. Este último documento
00:56estipula claramente que los agentes policiales deben abstenerse de usar vehículos oficiales
01:01para fines personales ajenos a sus funciones. Asimismo, deben evitar cualquier acción que
01:07dañe la imagen de la SSC o utilizar sus instalaciones para propósitos no relacionados
01:12con el trabajo encomendado. Sus conductas siempre deben orientarse a satisfacer las necesidades
01:17e intereses de la sociedad por encima de beneficios particulares. También se les exige no emplear
01:22el uniforme para actividades que difieran de su servicio.
01:26Aunque en la Ciudad de México la realización de actos sexuales en lugares públicos no se
01:30clasifica como delito, la Ley de Cultura Cívica advierte que la exposición de órganos sexuales
01:35con intención de molestar o agredir a alguien puede ser considerada una infracción contra
01:40la dignidad de las personas. Estas conductas son sancionadas si una persona agredida presenta
01:45una queja y las penalizaciones suenan incluir multas, arresto o trabajo comunitario.
01:51La Dirección General de Asuntos Internos es la encargada de imponer los correctivos
01:55disciplinarios correspondientes cuando se acreditan estas faltas a los principios de actuación
02:00policial. Este caso subraya el compromiso de la SSC de defender sus principios y protocolos
02:05asegurando que todos los servidores públicos actúen con integridad y responsabilidad, padeciendo
02:11así la confianza pública. ¿Y tú qué opinas? Haznoslo saber en los comentarios, no olvides
02:16darle me gusta, compartir y seguirnos en todas nuestras redes sociales.

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