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Transcripción
00:00Lo que ayer dijo Alberto Núñez Feijó fue
00:02aquellas personas que estén aquí en situación irregular y que delincan que sean expulsados.
00:07Mi pregunta es, ¿eso no sucede ya?
00:11Bueno, habría que recordarle al señor Feijó que la primera ley de extranjería de la democracia
00:18de julio de 1985 ya establecía en el artículo 21
00:22la posibilidad de la expulsión del extranjero que se encontrase en España
00:27y hubiese cometido un hecho delictivo.
00:31Igualmente estaba ya en la ley de extranjería de 1985
00:34también la expulsión administrativa del extranjero que hubiese sido condenado
00:39a pena privativa de libertad superior a un año.
00:42Pero es que más aún, yo casi casi que firmaba lo que dice el señor Feijó
00:47porque desde el 1 de julio del año 2015 el Código Penal en el artículo 89
00:52prevé la expulsión de todos los extranjeros que hayan cometido delitos
00:56con independencia de su situación administrativa.
00:59O sea, el señor Feijó está incluso reconociendo algo que, bueno, sería deseable
01:06y es que la expulsión solo fuese de los que están en situación irregular.
01:09No, no, no, no.
01:11Nuestro Código Penal desde 2015 prevé la expulsión de todos los extranjeros
01:17incluso aunque sean residentes legales en España.
01:21Por lo tanto, sinceramente creo que sería deseable que nuestros representantes políticos
01:26conociesen o se informasen bien de cuál es nuestra legislación.

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