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Transcripción
00:00La autoridad judicial federal, que es lo que dicen las leyes, es lo que dice el Código Penal,
00:09solamente puede haber una intervención, una localización de GPS, etcétera, bajo orden
00:16judicial, a menos que se trate de un desaparecido, de un secuestro, en donde se pide la información
00:26directamente a la telefónica, para poder atender de manera extraordinaria un caso de este tipo,
00:33que no creo que nadie se pueda oponer a eso.
00:37Exclusivamente la autoridad judicial federal, la petición de la autoridad federal que faculte
00:42la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente,
00:48podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.
00:52Para ello, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud,
00:58expresando además el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración.
01:04La autoridad judicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias
01:11de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso
01:16de las comunicaciones del detenido con su defensor.
01:20Y ayer ya Pepe mostró las otras dos.
01:25Es decir, es falso, es mentira que las leyes aprobadas tengan que ver con que el Estado va a espiar.
01:37Falso, se miente.
01:44Falso, se miente.

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