Actualmente, no existen disposiciones específicas oficiales para regular la operación de estos artefactos, lo que genera incertidumbre para llevar a cabo estas actividades.
00:00Bueno, y como ya le hemos informado, el gobierno de Chiapas opera drones artillados que realizan operaciones de vigilancia, reconocimiento, recopilación de inteligencia, búsqueda y rescate, así como el monitoreo de actividades delictivas.
00:15Sin embargo, operan en un limbo del marco legal.
00:20Y es que en México no existe antecedente documentado de drones armados operados por instituciones de seguridad pública no militares.
00:27Además, la norma oficial mexicana que sólo el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México pueden operar estos artefactos, pero no hay regulaciones específicas para el uso en seguridad pública.
00:41La norma oficial mexicana NOM-107-SCT-3-2019, el estándar técnico que regula la operación de drones en el espacio aéreo mexicano,
00:52prohíbe expresamente el uso de drones armados o con explosivos salvo para operaciones militares bajo control del Ejército, la Fuerza Aérea o la Armada.
01:02Pero las instituciones de seguridad pública, al no ser cuerpos militares, pues no encajan en dicha extensión.