En Coahuila aumentaron las demandas por incumplimiento de pensión alimenticia, informó el doctor en Derecho Penal, César García Diosdado. Aseguró que el incremento se agudizó desde la pandemia y por la crisis laboral provocada por AHMSA.
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00:00Sí, definitivamente sí, se han incrementado y más ahora con el desempleo de AMSA.
00:07Digo, siempre ha existido, pero ahora es la justificación.
00:10Hace algunos años la justificación fue la pandemia y siempre se van justificando,
00:15pretendiendo evadir una responsabilidad que se adquiere desde el momento de la concepción de la persona.
00:21El día de hoy precisamente me tocó participar en una audiencia como asesor jurídico de la madre de una niña
00:28a la que no le pagan la pensión alimenticia.
00:33Se presentó la denuncia ante el empoderamiento de la mujer en el año 2022.
00:38Hago énfasis en esto porque es una fecha muy distante a la actual.
00:42Se tardó para vincular, se vinculó a proceso a esta persona en el 2023.
00:48Sin embargo, una vez que fue vinculado a proceso, se fue del país a los Estados Unidos.
00:54Desconocemos por qué razón volvió y pudo, pudo ser detenido el día de ayer.
01:00¿Está detenido en este momento?
01:01En este momento está detenido.
01:03No tarda en obtener su libertad.
01:06Sin embargo, a petición del de la voz, se tuvo que imponer por parte de la jueza de control
01:14una medida cautelar consistente en la garantía económica.
01:18¿Para qué?
01:18Para que pueda salir y exhibir, o más bien exhibir una cantidad y pueda obtener su libertad.
01:25Sí, hay que hacer una diferenciación.
01:28Aquí la audiencia del día de hoy fue por una causa penal derivada del delito de incumplimiento
01:34de las obligaciones alimentarias, injustificadas de las obligaciones alimentarias.
01:38Sin embargo, de manera independiente, no tienen que agotar la materia familiar para poder acudir
01:46a la penal.
01:47Existe jurisprudencia al respecto.
01:49Sin embargo, en la práctica siempre se opta primero por demandar los alimentos para efecto
01:54de determinar cuánto va a ser la reparación del daño.
01:58Y aquí sí es donde debemos destacar, porque tanto en materia familiar y en materia penal,
02:04debo decir primero, en materia familiar no prescriben los alimentos, no prescriben.
02:10Pueden demandar a una persona cuando el niño, la niña o el adolescente tienen cierta edad,
02:16ellos alcanzan su mayoría de edad, si tienen suerte y Dios los bendice, pues terminan su profesión,
02:22sacan su cédula y hasta ahí es donde termina esa obligación.
02:27Pero eso no quiere decir que en automático alguna persona que adeuda la vaya a librar,
02:34porque incluso si la madre de esos niños, niñas o adolescentes no presenta la demanda
02:39de alimentos o no presenta la denuncia de incumplimiento, no quiere decir que ya no lo pueda hacer.
02:46Cuando la persona alcanza la mayoría de edad, puede por sí mismo demandar esos alimentos.
02:53¿Qué quiere decir? Que no prescriben. Lo mismo pasa en la cuestión penal,
02:56no puede prescribir un delito de este tipo o de esta naturaleza cometido en contra de un niño, niña o adolescente.