Saltar al reproductorSaltar al contenido principalSaltar al pie de página
  • anteayer
Transcripción
00:01Bueno, muchas gracias por su compañía. Este tema se las trae, apúntese los detalles que el licenciado le va a explicar.
00:09¿Qué incluye, qué cubre una pensión alimentaria en nuestro país? Son siete rubros básicos y muy importantes.
00:17Y también le va a enseñar el experto Thais cómo calcular esta pensión.
00:21Vea, esos rubros se los voy a enumerar rápidamente para que usted los tenga ahí claros sobre la pensión alimentaria.
00:27Incluye alimentación, incluye vivienda, incluye educación, incluye transporte, atención médica, gastos recreativos y también el vestido o lo que es lo mismo a ropa.
00:40Pero le alcanza verdaderamente lo que usted está recibiendo, si es en el caso de usted la cuidadora o el cuidador de su hijo adolescente o de su hijo niño, con todos estos rubros que le acabo de mencionar.
00:51Además, ¿cómo se calcula o cómo lo calcula un juez si es que así se hace?
00:55Bueno, el licenciado Ariel Guardiola está con nosotros para ayudarle a entender un poco sobre cómo hacer este cálculo y además hablarnos sobre cada uno de los rubros.
01:03¿Qué tal? Buenos días, bienvenido, buen día.
01:05Buenos días, un placer saludarles.
01:06Bueno, es su primera vez, esperamos que la primera de muchas.
01:09Ojalá sea así.
01:10Así es.
01:11Don Ariel, Thais estaba desgranando lo que cubre la pensión alimentaria.
01:16Entonces, si quiere, vamos paso a paso por cada uno de estos puntos siendo alimentación.
01:20Estos son rubros básicos, ¿verdad? Esto hay que tenerlo en cuenta.
01:24Y está estipulado por ley que son estos siete rubros, ¿es así?
01:27Sí, señor, está estipulado por ley.
01:28Estos son los siete rubros que deberíamos contemplar o que contempla un juez a la hora de fijar una pensión alimentaria.
01:35¿Por qué también al principio dije que deberíamos de contemplar?
01:37Porque en muchos casos también las personas llegan a un acuerdo en beneficio de las dos partes.
01:44Entonces, a la hora de llegar a un acuerdo o a la hora de ser un juez, el que fija la pensión son estos siete rubros los que se toman en cuenta para ese momento.
01:52¿Y cómo son esos acuerdos que usted está diciendo?
01:54Ok, un mutuo acuerdo es cuando las dos partes deciden, ya sea porque estamos en una etapa judicial o ya sea previa a esta etapa judicial, nos sentamos en una mesa y discutimos los montos y llegamos a un acuerdo de cuánto se tiene que pagar por pensión alimentaria.
02:12Se pueden hacer tanto en dar un monto en específico y depositarlo, como dar un monto y hacer pagos directos.
02:19Por ejemplo, acordamos que la pensión es un X monto, pero además de ese X monto yo voy a pagar la escuela de manera directa.
02:25Claro, por supuesto.
02:26Entonces, son diferentes aristas las que hay que valorar.
02:29Y que están permitidas.
02:30Y que están permitidas.
02:31Ahora, don Ariel, pongámosle, pongámosle y usted tal vez tenga las cifras más a mano, o las cifras promedio más comunes.
02:38Por ejemplo, ¿cuánto puede ser mensualmente la alimentación de un niño?
02:43Pongámosle que sean, obviamente no es esto el caso, no es este el caso, pero pongámosle que sean 100 mil colones.
02:49¿Es 50% de esos 100 mil colones el que tiene que dar el padre o la madre?
02:54¿O dependerá de algunos casos?
02:56Es que es porcentual, me parece, ¿verdad?
02:58Esto funciona así y es muy importante que lo tengamos en cuenta.
03:02Cada caso es un traje a su medida.
03:04Entonces, no existe una fórmula, ni el juez tiene una fórmula, ni nosotros los abogados que digamos, si él tiene tanto salario, él tiene que pagar tanto.
03:13Entonces, todo depende.
03:15Hoy estamos aquí para hablar un poco de la pensión que se le otorga solamente a un beneficiario como hijo.
03:21Entonces, va a depender en primera instancia de si la persona que lo cuida, que tiene la guarda, que la guarda se refiere a con quien vive el menor,
03:31tiene ingresos o si también dependía de, por así decirlo en este ejemplo, de su exesposo.
03:38Que eso ya son otros 100 pesos.
03:39Que ya son otros 100 pesos, exactamente.
03:41Hablemos del menor.
03:43Según la ley, según nuestro ordenamiento jurídico, la pensión y las obligaciones del menor son equitativas a los papás.
03:52Debería ser totalmente equitativo.
03:54Ahora depende de los ingresos que cada uno tenga.
03:58Ok.
03:59De hecho, tenemos un cuadro a raíz de la pregunta de Daniel, que es un ejemplo, ¿verdad?
04:05No necesariamente tiene que ser así, pero nos va a servir como un punto de partida para hablar sobre porcentajes.
04:11Que más allá de cuánto es, es más, el porcentaje estimado.
04:15Vea que ahí van solamente cuatro de los siete rubros que estábamos mencionando.
04:19Y el licenciado también nos puede ir leyendo un poco básicamente lo que es.
04:23La alimentación es el rubro más alto que vemos en esta lista, en este momento.
04:26Exactamente.
04:27La alimentación es muy importante porque debemos de cubrir todas las necesidades de lo que ingiere la persona beneficiaria, ¿verdad?
04:35Ahora es muy importante que en estos gastos se tengan estipulados las comidas, las meriendas, los suplementos.
04:42¿Y qué pasa, por ejemplo, si también el alimentante o la persona que no vive con el menor también ve al menor en otros horarios, ¿verdad?
04:55Igual se estipula un monto de la pensión, aunque ya tenga muchos días de estar con el menor también.
05:02Bueno, la pensión se estipula de acuerdo a eso, es un punto muy importante y no mucha gente lo tiene claro.
05:07Se estipula de acuerdo a la cantidad de días en la que el menor convive con el papá o con la persona con la que no vive.
05:14Porque no es lo mismo que el menor pase solo dos fines de semana con su papá al mes y que entonces, en este caso, que sería la mamá la que tiene la guarda, tenga que cubrir el resto de 24 días.
05:26A si están muy ahorita de moda los acuerdos de guarda compartida, que es vivo la mitad del tiempo con mi papá y la mitad del tiempo con mi mamá.
05:34Entonces, ahí vamos a esos porcentajes.
05:36¿Ok?
05:37¿Cuánto tengo que ayudar yo con la alimentación?
05:40En el caso de la persona que tiene un ingreso y su madre también tiene un ingreso o su progenitor que lo cuida tiene un ingreso, yo debería aportar el 50% y no solo de los alimentos, de sus necesidades básicas.
05:55Porque a veces hablamos de alimentos, pero se nos olvida champú, desodorante, palco.
06:01Suplementos nutricionales, si el menor lo necesita.
06:05Los requiere y los venía utilizando, también se cubren en la parte de alimentación.
06:09Sí, el 30%, perdón, licenciado, es el más alto que es en alimentación.
06:13Teníamos la vivienda, que es el 20%, que no necesariamente es el más alto.
06:17Ahí está.
06:17El vestido o la ropa es el 10%.
06:19La educación, el 15%.
06:22Esto tomando en cuenta un monto, ¿verdad?
06:25Y porcentualmente una pensión tradicional sin ningún acuerdo de por medio, como bien lo decía el licenciado.
06:31El transporte, ¿verdad?
06:33En el caso de gasolinas y esto, 10% en el caso de que haya automóvil y si no, pues también los pasajes de autobús.
06:39Pasajes de autobús, la buseta, el colegio.
06:41Atención médica, 10% y los gastos recreativos.
06:46Estos porcentajes son del 100% que es la pensión, ¿verdad?
06:51Sí, del 100% que es la pensión.
06:53Tenemos que cubrir.
06:54La idea de la pensión es intentar descubrir la mayoría de todas las necesidades que tiene esa persona, ¿verdad?
07:01Entonces, no te puedo decir, esos porcentajes son un lineamiento que se establece, pero no es la realidad.
07:09Entonces, eso es muy importante.
07:11Yo a la gente siempre le recomiendo que a la hora de, necesariamente, cuando vas frente a un juez,
07:16o a la hora incluso de sentarse para llegar a un acuerdo, tenga bien claro cuáles son los gastos de la persona a la que voy a ir a representar.
07:23Siempre guarden facturas, siempre guarden recibos, porque en vivienda también tenemos agua, luz, internet, que ahora es un gasto básico necesario, ¿verdad?
07:36Entonces, todos estos temas hay que incluirlos a la hora de ir a solicitar la pensión, tanto en vía judicial como en un acuerdo.
07:43Hay que tenerlos muy claros.
07:44¿Qué pasa si el alimentante, por decirlo así, o la persona que está obligada a otorgar esta pensión al menor, dice, ¿verdad?, que además tiene otras responsabilidades, ¿verdad?,
07:56otros hijos, incluso otro matrimonio, como usted lo estaba diciendo ahora, ¿verdad?, y tiene otras responsabilidades.
08:02¿Cómo hacen el cálculo de la pensión?
08:04Ok, para nuestro ordenamiento jurídico y la ley, tu responsabilidad más importante es el beneficiario, en este caso, tu hijo.
08:12Entonces, no hay una responsabilidad más grande que eso.
08:16He tenido casos donde a veces llegan y dicen, papá, bueno, es que me compré un carro nuevo y me pasé un alquiler de apartamento nuevo,
08:22entonces ya tengo que dar menos pensión o no puedo darte esa pensión, porque me compré un carro del año.
08:27No, no es así. Tu obligación principal es tu hijo.
08:33Entonces, ante un juez es exactamente lo mismo.
08:36Si tienes un nuevo hijo, no es que vas a utilizarlo y vas a llegar a decirle, juez, como tengo un nuevo hijo y también es mi obligación principal,
08:41ya no le puedo dar la pensión a aquel, eso no funciona así.
08:44La pensión se mantiene a menos de que haya un cambio real de circunstancias en la persona quien las da o quien las recibe.
08:52Te quedaste sin trabajo.
08:53¿Qué te dan? Pueden dar el plazo de un mes, ¿verdad?, para encontrar el trabajo sin darte la orden de apremio.
09:01O encontraste un nuevo trabajo y tenías un trabajo, tal vez pongamos el ejemplo de que ganabas dos millones de colores.
09:05Entonces, de acuerdo a tus ingresos se estableció la pensión alimentaria, te despidieron, lograste encontrar otro trabajo, pero este nuevo trabajo ahora tenés un ingreso de un millón.
09:17Ahí es un cambio de circunstancias reales en la cual se accede a variar ese monto.
09:22Ese es un caso real y muy fácil de constatar con una constancia salarial.
09:27Sin embargo, no es bien recibido, y se lo pregunto, en el ordenamiento jurídico de nuestro país, en caso de que cuando estábamos juntos teníamos un estilo de vida.
09:40Y ya no estamos juntos y yo ya no quiero que la otra persona goce de un estilo de vida.
09:46Eso no se puede.
09:47Eso no se puede. Esa es una arista importante. Se supone que una pensión alimentaria se basa en dos situaciones muy puntuales.
09:54Las necesidades de quien la recibe y las posibilidades de quien la da.
09:59Pero se abre esta arista que es el estilo de vida.
10:03Y yo siempre se lo digo a la gente, no es el mismo estilo de vida de Juan que de Pedro.
10:08No es el mismo estilo de vida, tal vez, de un menor que está inscrito en nuestro sistema de educación público a un menor que tiene unos papás que lo inscribieron en un colegio privado que vale X cantidad de dinero.
10:20Las necesidades básicas de la gente varían de acuerdo a sus ingresos.
10:24Y está, eso es lo bueno, me parece a mí, está protegido el menor o la menor independientemente de cómo haya terminado la relación de sus padres.
10:34Exactamente. Siempre está protegido. Siempre está protegido. Hay que buscar, por eso es que vuelvo y repito, es muy importante que sí, yo sé que a veces uno no se espera cuando termina una relación,
10:45pero a veces uno lo va, como se dice vulgarmente, oliendo, huyendo de este tipo de situaciones.
10:49Siempre tener en cuenta guardar recibos, guardar lo que se gasta en el supermercado, lo que se paga de alquiler, cuánto es el monto de escuela, porque eso nos da estilo de vida.
11:00Ok, ¿el monto cubre solo al menor o hay casos en los que también cubre a la persona quien lo cuida?
11:07Ok, no es por ser la persona quien lo cuide.
11:10Recordemos que las pensiones alimentarias las puede recibir el hijo, el ex cónyuge o inclusive un papá o un hijo en caso de discapacidad, ¿verdad?
11:21Entonces, si mi ex cónyuge me declararon que tengo que pagarle una pensión alimentaria y de casualidad la persona que va a cuidar a nuestro hijo, entonces ella va a recibir esos dos montos.
11:31El monto en el cual ella es encargada de distribuir la pensión del menor y el de ella, pero no es porque le tengo que dar un monto a la persona que lo cuide, porque ya en sí ese es el monto de pensión alimentaria.
11:42Bueno, estamos hablando a las 9 con 14 minutos de la mañana con el licenciado Ariel Guardiola, estamos hablando sobre los rubros que incluye la pensión alimentaria y también cómo se pueden calcular estos porcentajes.
11:54Hay algunas preguntas, incluso en nuestro Facebook, que quisiera referirme a algunas de nuestras televidentes.
12:00Vea, dice una de nuestras televidentes, doña Marielos, ¿cómo se calcula la pensión si la guarda tiene además ayudas, por ejemplo, del IMAX y de otros, verdad?
12:10Entonces ella pregunta cómo se calcula, si tiene algo que ver estas ayudas en cuanto al cálculo de este porcentaje.
12:15Realmente no, porque la pensión es del menor, entonces el menor es el que tiene sus necesidades y la persona que está, el obligado alimentario está obligado con el menor.
12:27Las ayudas que reciba, la parte que lo cuida no tienen que ver con el monto que se fija para el menor.
12:33Hay otra consulta interesante de una televidente que dice, ¿qué pasa cuando el padre no está en planilla por ciertos meses? ¿Ese dinero se pierde?
12:43No, no se pierde, porque realmente él tiene que seguir pagando la pensión alimentaria.
12:48¿Qué pasa si no lo hace, verdad? ¿Cuáles sanciones hay en nuestro país al no pagar esta pensión alimentaria?
12:55Ok, en nuestro país existe la premio corporal, que es la premio corporal en español, para que la gente lo entienda, es ir a la cárcel.
13:03Si no pagas la pensión alimentaria en el día que te toca, no es un día después, dos días después, es el día que te toca, pagas la pensión.
13:12Si no la pagas la persona beneficiaria, puede ir a girar una orden de apremio al juzgado y entonces van y capturan al deudor alimentario y ingresa al sistema penitenciario.
13:23Había un proyecto de ley, un proyecto de ley en la corriente legislativa para que las personas que estén en la cárcel puedan salir por no pagar pensión a buscar trabajo para pagar la pensión.
13:32Bueno, realmente eso ya existe, eso siempre ha existido. Si vos te quedas sin trabajo, vos puedes solicitarle al juez un plazo para encontrar trabajo y el juez te va a otorgar un mes.
13:46¿Y qué reforma había dentro de este proyecto de ley?
13:49Bueno, las reformas lo que quieren ir a decir es que puede existir ahora un tema de que si te hacen un apremio corporal, puedes modificarlo para pasar las noches en la cárcel, pero salir en las mañanas a trabajar para poder conseguir el dinero para pagar la pensión.
14:03Porque inclusive es un tema de lógica, yo no hago nada y a veces la gente no lo entiende.
14:08Yo sé que es un método porque hay veces que las personas no quieren cumplir con su obligación.
14:13Sí, y pueden.
14:13Y pueden, y entonces es un método de tal vez depresión, pero también tengo que entender desde el punto de vista de la otra parte que si de verdad no tiene trabajo y yo estoy observando que está haciendo el esfuerzo, de nada me sirve meterlo en la cárcel porque ahí menos va a conseguir las posibilidades para darnos el monto alimentario.
14:32Bueno, según entiendo, una de nuestras televidentes pregunta por su hijo, lo que está queriendo decir es que su hijo paga la mitad del alquiler de la casa donde vive, me imagino que el beneficiario, verdad, o el menor y también parte de la comida, es lo que ella dice.
14:49Pero que el tema del alquiler, ellas reciben ayuda. Vamos a ver, su hijo, aunque paga la mitad del alquiler de la casa, entiendo que la persona que cuida al menos recibe ayuda y que es la mitad de ese alquiler.
15:04Entonces, en este caso, pregunta la señora qué pasa, verdad, con esto.
15:08Bueno, si ya el monto está establecido, no tiene que pasar nada, a menos de que la persona que recibe, a menos de que la persona obligada a pagar, se da cuenta de que esta ayuda existe, él podría poner un proceso para una exoneración o rebajo en cuestión de que si a él se le está cobrando el 100% de esa vivienda y él lo está cubriendo con el monto que da y resulta que hay otros dineros que vienen para pagar ese rubro, se puede solicitar una modificación para un rebajo.
15:37Hay quienes creen que las personas se van a conocer en un conflicto como estos. Le ha tocado ver de todo.
15:44Es muy real, me ha tocado ver de todo. Lo que sí le puedo recomendar a la gente y decirle a la gente que es que, aunque estemos enojados, aunque hayan muchas cosas que hayan pasado entre pareja, lo más beneficioso para las partes es llegar a un acuerdo.
15:59Perfecto. Porque ir a un juicio o una audiencia o un proceso alimentario, se los puedo decir con este ejemplo muy fácil, es tirar una moneda al aire.
16:08Porque el que va a venir a definir el monto de las necesidades de una persona es un juez, que un juez solo va a tener unos papeles.
16:15Un juez no sabe que se puede. Podemos llevar pruebas del estilo de vida, podemos llevar facturas, pero realmente el juez no vivió en esa familia y no sabe las necesidades de esas personas.
16:24Ni las posibilidades de quien las va a tener que dar.
16:27El licenciado Ariel Guardiola me decía que el apellido Guardiola es muy popular en Punta Arenas.
16:33En Punta Arenas.
16:34Bueno, el abogado del bufete Guardiola ubicado en...
16:38Zapote, Barrio Luján.
16:39En Zapote, Barrio Luján.
16:41Y ahí están apareciendo los números también. Si usted desea escribir un WhatsApp, ahí va a aparecer el número de teléfono y también si desea llamar, ahí está el 2280 971 6048 9617 para que le llame o escriba.
16:53Gracias, lo esperamos pronto.
16:54Muchas gracias, muy amable.

Recomendada