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  • 26/5/2025
Luciana Bustos fue condenada a prisión perpetua por el crimen de su amigo Marcelo Amarfil en enero del año pasado en San Juan. El caso tuvo amplia repercusión porque Bustos es historiadora e investigadora del Conicet y Amarfil era profesor de educación física, ambos muy conocidos en la provincia.

La Justicia provincial halló culpable a Bustos del delito de homicidio agravado de su amigo Marfil, a quien consideró asesinado durante un juego sexual. Se consideró probado que en aquella noche la acusada le ató las manos al volante, le puso un antifaz y allí lo degolló y apuñaló seis veces.

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Transcripción
00:00Respecto a las cuestiones propias de la audiencia de determinación de judicia europea,
00:04hacemos saber el veredicto, al que hemos arribado también con unanimidad.
00:09El Tribunal resuelve, punto número 1, imponer a la señora Luciana Teresita Augusto Sánchez,
00:14documento nacional de identidad número 34.917.365,
00:19de demás datos personales ya consignados en el presente regajo,
00:23la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por el vínculo,
00:28atribuyéndole el carácter de autor, a todo esto conforme al artículo 80, inciso primero del Código Penal,
00:34y 45 del mismo código.
00:37Punto número 2, ordenar la prisión preventiva de la condenada,
00:40hasta tanto quede firme la presente sentencia,
00:42todo esto conforme a los fundamentos previamente manifestados.
00:46Punto número 3, imponer a la señora Luciana Teresita Augusto Sánchez,
00:50por el mismo tiempo que duele la condena,
00:52las accesorias de inhabitación absoluta establecidas en el artículo número 12 del Código Penal,
00:59Punto número 4, imponer las costas del juicio a la condenada,
01:02en función de lo establecido en el artículo 610 de la ley 1851,
01:07las que serán conformes al artículo 612,
01:09subsiguientes y concordantes del mismo cuerpo legal.
01:13Quinto, ordenar la devolución de los defectos que se encuentran secuestrados,
01:17que no estén sujetos a decomiso,
01:19también una vez que se encuentre firme la presente sentencia.
01:23Por último, registrarse todo el octavo conforme al sistema de archivos de audio y video,
01:27quedando las partes notificadas en este acto,
01:29y dada la complejidad del asunto y la cantidad de pruebas incorporada al debate,
01:33y conforme al artículo 389, última parte,
01:37vamos a diferir la lectura de los fundamentos de la sentencia
01:40para el día 18 de junio a las 12 horas,
01:42quedando las partes también notificadas de ello.
01:45Muchas gracias a todos,
01:46vamos a cortar la grabación,
01:47vamos por finalizar nuestro ejercicio.
01:49Gracias.

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