Dr. MARCELO FERNANDEZ - Uso correcto del CDS y opciones del mismo

  • hace 3 años
CONUVIVE según declaracion de Helsinki... Art. 32 y 37
Cuando en la atención de un enfermo los métodos preventivos, diagnósticos o terapéuticos
probados han resultado ineficaces o no existen, el médico, con el consentimiento
informado del paciente, puede permitirse usar procedimientos preventivos, diagnósticos y
terapéuticos nuevos o no comprobados, si, a su juicio, ello da alguna esperanza de salvar la
vida, restituir la salud o aliviar el sufrimiento. Siempre que sea posible, tales medidas
deben ser investigadas a fin de evaluar su seguridad y eficacia. En todos los casos, esa
información nueva debe ser registrada y, cuando sea oportuno, publicada. Se deben seguir
todas las otras normas pertinentes de esta Declaración.